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'Traición a la Patria': Xóchitl propone 50 años de cárcel por 'mano' presidencial en elecciones

Lo expuesto por Xóchitl señala que su proyecto reformará el Código Penal Federal a fin de que las conductas del titular del Poder Ejecutivo sean consideradas como traición a la patria.

Así, su iniciativa considera adicionar un Artículo al 123 bis al Código Penal Federal.Créditos: Especial (con fotos de Cuartoscuro).
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Xóchitl Gálvez, excandidata Presidencial en las elecciones de 2024, presentó una iniciativa de ley para sancionar con hasta 50 años de prisión la intervención presidencial en elecciones.

Lo expuesto por la senadora señala que su proyecto -inscrito a través del grupo parlamentario del PAN- reformará el Código Penal Federal a fin de que las conductas del titular del Poder Ejecutivo -relacionadas con 'meter mano' a un proceso electoral- sean consideradas como traición a la patria.

Así, su iniciativa considera adicionar un Artículo al 123 bis al Código Penal Federal, y un artículo 5 bis a la Ley General en Materia de Delitos Electorales con el fin de "tipificar y sancionar como traición a la patria las conductas de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal cuando estas violen las leyes electorales, ya sea dentro o fuera del proceso electoral".

¿Qué dice la iniciativa de Xóchitl Gálvez?

Además de las acciones señaladas en el Artículo 123, se le impondrá la pena de prisión de 10 a 50 años, y multa de hasta de 3 mil unidades de medida y actualización, cuando antes, durante o después de un proceso electoral federal se  realice alguna de las conductas siguientes:

  • Autorice el uso de los recursos públicos, bienes, fondos, servicios o beneficios relacionados con la administración pública y con la finalidad de incidir en el electorado para posicionar a una persona precandidata, aspirante a candidata,candidata, partido político o coalición.
  • Use o permita el uso de los recursos públicos (...) con la finalidad de incidir en el electorado para denostar, atacar, injuriar o difamar a una persona precandidata, aspirante a candidata, candidata, partido político o coalición.
  • Ejerza -por cualquier medio- violencia política de género en contra de una persona precandidata, aspirante a candidata, candidata, partido político coalición con la finalidad de incidir en el electorado.
  • Vulnere por cualquier medio los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad electoral.
  • Se propone adicionar un artículo 5 bis a la Ley General en Materia de Delitos Electorales para posibilitar la aplicación de las sanciones del Código Penal Federal en los casos de delitos cometidos por las personas.