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Ley de Amparo y Amnistía: publican en DOF reformas para blindar obras como Tren Maya e indultar criminales

Esta publicación se realizó en la edición vespertina del DOF.

Con su publicación, entran en vigor.Créditos: Especial
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Este viernes, en edición vespertina, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) distintas reformas a la Ley de Amparo y la Ley de Amnistía. 

Por un lado, la Ley de Amparo establece que el día de mañana entra en vigor la reforma en materia de suspensión de actos reclamados y de no fijación de efectos generales. Cabe recordar que dicha reforma tiene como objetivo 'blindar' proyectos de gobierno.

Con su publicación, "también inicia el plazo de 30 días para exigir su invalidez en vía de acción de inconstitucionalidad y su eventual suspensión con efectos generales", explicó Alfonso Herrera, constitucionalista de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Fue el pasado mes de abril cuando se aprobó reformar la Ley de Amparo que permitirá proteger los proyectos gubernamentales. 

El senador de Morena, Ricardo Monreal fue quien presentó la iniciativa para modificar los artículos 129 y 148 de la ley antes mencionada, esto con el objetivo de eliminar la facultad de jueces y juezas de otorgar suspensiones con efectos generales sobre la legislación.

Es decir, se busca evitar que autoridades del Poder Judicial detengan proyectos, como pasó con el Tren Maya, cuya construcción en distintos tramos afectaba zonas naturales, de acuerdo con denuncias de diversos colectivos. 

Reforma a la Ley de Amnistía en el DOF

Mientras que el decreto a la Ley de Amnistía publicado en el DOF otorga concesiones al presidente, quien podrá otorgar dicho beneficio de forma directa.

"Por determinación exclusiva de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal se podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento". 

Se señala que la aministía -instrumento mediante el cual se concede el perdón por la realización de actos delictivos- se podrá otorgar en casos específicos que reúnan las siguientes condiciones:

  • Que la amnistía se otorgue a personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado Mexicano
  • Que en contra de la persona o personas a las que se conceda la amnistía, se haya ejercido la acción penal, estén siendo procesados o se encuentren sentenciados por cualquier delito

Cabe recordar que la reforma a esta ley no fue bien vista por la oposición, pues legisladores aseguraron que con ella el presidente 'pisoteará' la división de poderes y se le otorga el “uso discrecional de una facultad que no le corresponde”.

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