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Leímos la reforma a las pensiones: esto dice realmente sobre el dinero de tu Afore

La Asociación Mexicana de Afores explicó que esta iniciativa de Fondo de Pensiones para el Bienestar no contempla ninguna expropiación de recursos.

¿Qué dice la reforma de pensiones de AMLO?Créditos: Especial/Freepik
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La Reforma de Pensiones propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador ha generado desde el principio todo tipo de comentarios, críticas y expectativas, en las que se ha hablado desde la supuesta expropiación y confiscación, hasta el robo de pensiones. Aquí te contamos sobre esta iniciativa y qué dice realmente sobre el dinero de tu Afore. 

¿Qué dice la reforma de pensiones de AMLO?

Las modificaciones a la reforma de pensiones que se encuentra bajo 'los reflectores' impacta tanto a las y los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Esta iniciativa consiste principalmente en garantizar que los trabajadores que ganan hasta el salario promedio, se jubilen con el 100 por ciento de dicho salario mediante un complemento solidario. 

Por ejemplo: un trabajador que gana 10 mil pesos, se jubilará con 10 mil pesos (6 mil de su pensión más 4 mil del complemento solidario).

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¿A quién va dirigida la reforma de pensiones?

Esta reforma va dirigida para trabajadores del IMSS y del ISSSTE. En el caso del IMSS, aplicará para aquellas personas que empezaron a trabajar después del año 1997 y se pensionan a partir de la entrada en vigor de la ley.

Mientras que, en el caso de los trabajadores del ISSSTE, aplicará para quienes se encuentran en régimen de cuentas individuales y se pensionan a partir de la entrada en vigor.

Fondo de Pensiones para el Bienestar: esto dice realmente sobre el dinero de tu Afore

La creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar que fue aprobada ayer en 'fast track' en el Senado de la República, ha causado mucha incertidumbre debido a que las y los trabajadores temen que les quiten su dinero.

Recordemos que se pretende que este Fondo para los futuros pensionados, se financie a partir de los recursos de las cuentas no reclamadas o inactivas de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores). Por lo que, de los 40 mil millones de pesos, aproximados, que se recuperarían de las instituciones privadas, se irían a los fondos públicos para iniciar la distribución entre los jubilados, a partir de este año.

"La creación del fondo de pensiones servirá como un vehículo de coordinación para que el IMSS y las Administradoras de Fondo para el Retiro (Afores), puedan consolidar e invertir los recursos, así como establecer una reserva con el objeto de respetar el derecho imprescriptible de los trabajadores a obtener una pensión o, en su caso, la devolución de los recursos que ahorraron en su Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez y que sean transferidos al Fondo de pensiones", señala el dictamen de la reforma.

Pero, ¿qué pasará con el dinero en mi Afore?

Es muy importante aclarar que, esta iniciativa no aplicaría para los trabajadores que se encuentran actualmente con una relación laboral activa, por lo que los ahorros en sus Afores son prácticamente intocables. 

De acuerdo con esta ley sólo las cuentas que tengan todas las siguientes características, serían transferibles al Fondo de Pensiones:

  • Que el titular de la cuenta tenga más de 70 años en el caso del IMSS (o 75 si es trabajador del ISSSTE).
  • Que no esté cotizando o haya cotizado al IMSS o ISSSTE en el último año.

  • Que no haya retirado sus recursos de la Afore.

  • Que no haya iniciado un trámite de pensión.

"Las administradoras de fondos para el retiro, las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las subcuentas señaladas al momento en que los trabajadores cumplan 70 años sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto el mismo día en que se realice", destaca el dictamen.

En ese sentido, cabe señalar que este Fondo no aplicará en los siguientes casos:

  • Si tienes más de 70 años pero sigues trabajando.
  • Si tienes más de 70 años, pero ya te jubilaste.
  • Si no estás trabajando, pero todavía no tienes 70 años.
  • Si ya no tienes recursos en tu cuenta de Afore.

Asimismo, la ley prevé la posibilidad de que siempre reclames tus recursos, por lo que se contempla una reserva con el fin de devolver sus ahorros a quienes así lo exijan.

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La reforma, además, establece que el Fondo quedará radicado en el Banco de México (Banxico) y las reglas de operación estarán en manos de un Comité Técnico que no se sabe por quiénes estará integrado.

"El Fondo de Pensiones del Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos al instituto", se destaca.

Se prevé que para su financiamiento -además de las Afores- se destinen recursos de las ganancias que se obtengan del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), Tren Maya, Mexicana de Aviación y del Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado.

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Al respecto, la Asociación Mexicana de Afores (Amafore), explicó que esta iniciativa de Fondo de Pensiones para el Bienestar no contempla ninguna expropiación de recursos como se ha señalado. 

"Lo que plantea es formalizar una transferencia de recursos que se ha estado haciendo ya desde hace algunos años. Además, mantiene la condición de imprescriptibilidad de los recursos de los trabajadores, tal y como se estableció desde la reforma de 2020", destacó la Amafore en un comunicado.