Las mañaneras no son "ilícitas" y suspenderlas sería "desproporcionado" concluye un proyecto de la Sala Superior que será analizado en la próxima sesión.
El documento del magistrado Felipe de la Mata, analiza la impugnación del PAN sobre la negativa que recibió del INE para suspender las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador.
El PAN argumentó que el Instituto "no fue exhaustivo en su determinación" y aducen que al menos en 51 ocasiones el Tribunal Electoral ha confirmado las infracciones del mandatario y en múltiples ocasiones ha reincido en violar la ley electoral.
"Esta Sala Superior considera que ordenar la suspensión total de la difusión de las “mañaneras” del presidente de la República conllevaría, en los hechos, a una especie de censura previa inadmisible en una sociedad democrática".
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Las conferencias, considera el proyecto, son actos de gobierno de comunicación social que "por su naturaleza
intrínseca, no constituyen per se la emisión de propaganda gubernamental prohibida por los artículos 41 y 134 de la Constitución Federal".
"Debe enfatizarse que la sola realización de las mañaneras no necesariamente conlleva la producción y difusión de propagada gubernamental, o de cualquier otra clase de ilicitud", expone.