El exsecretario de Comunicación Social en la administración pasada, J.A.P.C., obtuvo el auto de Vinculación a Proceso dictado por una juez de Control de la Fiscalía Anticorrupción del estado de Chihuahua. La situación se dio a conocer tras haber encontrado válidos los elementos de investigación apartados por el Ministerio Público de la Fiscalía Anticorrupción, para suponer que se cometió el delito de PECULADO CON PENALIDAD AGRAVIADA.
Según la fiscalía, el exsecretario de Comunicación Social del estado de Chihuahua siguió cobrando pagos irregulares, tras haber dejado el cargo en diciembre de 2018, lo que indica siguió recibiendo pagos por órdenes superiores.
Durante la audiencia de vinculación, se expuso por parte de esta representación social que el hoy imputado recibió sin justificación legal, cerca de 200 mil pesos. Asimismo, en el debate técnico-jurídico de la audiencia de vinculación a proceso se presentaron órganos de prueba que no pudieron ser refutados por la defensa.
¿Cuál será la pena que deberá cumplir el exsecretario de Comunicación Social en Chihuahua?
Tras esta situación, la jueza de Control del Distrito Judicial de Chihuahua resolvió la Vinculación a Proceso, así como un periodo 4 meses para la investigación complementaria, por lo que se presume la complicidad en la distracción del recurso del Estado, de otros servidores públicos de la administración 2016-2021.
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Es preciso mencionar que, con esta Vinculación a Proceso de Peculado Agravado, más las anteriores Carpetas de Investigación; en caso de encontrarse culpable, el exvocero de Javier Corral y hoy imputado podría recibir una pena acumulada de entre 15 y 20 años de prisión, de acuerdo con las autoridades.
Hasta el momento, la Fiscalía Anticorrupción reitera el respeto al debido proceso, a la presunción de inocencia y los Derechos Humanos; por tanto, de acuerdo con las leyes y normas vigentes, las personas imputadas se presumen inocentes mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia firme, emitida por el órgano jurisdiccional (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).