Chiapas dio un paso importante a favor de los derechos de las personas de la comunidad LGBTTTIQ+, luego de que este jueves el Congreso local aprobara el matrimonio igualitario en la entidad.
Diputados de la Sexagésima Novena Legislatura validaron, con 34 votos a favor, realizar reformas a los artículos 144, 145, 169 y 174 del Código Civil de Chiapas, para permitir la unión entre dos personas del mismo sexo.
El presidente del Congreso del Estado, Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, destacó que “hoy es un día histórico” en la defensa de los derechos de las personas de la comunidad LGBTTTIQ+.
“Aquí no estamos para prohibir. Bienvenida la Nueva Era y con ello bienvenidas estas reformas con las que se atienden las demandas sociales y que hacen más grande la esfera de derechos para las personas”, expresó el diputado.
Mientras que la diputada Marcela Castillo Atristain, quien fue la encargada de presentar el proyecto, destacó que dicha reforma da justicia social a aquellas personas que han sido ignoradas durante años.
“La igualdad ante la ley no admite concesiones. Hoy, estamos corrigiendo una moción histórica. Hoy, se les está dando justicia social, se les están reconociendo sus derechos a la comunidad LGBTIQ, una lucha de años para obtener acceso a sus derechos sociales básicos como la atención médica”, dijo.
Y agregó que: “No tenemos que esperar a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación nos corrija la plana. Hoy, estamos legislando aquellas iniciativas que durante años y anteriores legislaturas habían estado en la congeladora”.
Al respecto, la diputada Elvira Catalina Aguiar Álvarez señaló que desde el año 2017, mediante acción de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de los artículos 144 y 145 del Código Civil del Estado de Chiapas, haciendo legal la unión civil entre personas del mismo sexo sin la necesidad de tramitar un amparo.
Por ello, dijo, era necesario reformar el Código Civil, como un paso fundamental hacia la igualdad, la justicia social y el reconocimiento de los derechos humanos, pues esta modificación a la legislación permitirá que todas las personas puedan disfrutar de los mismos derechos y beneficios que las parejas heterosexuales como el de la seguridad social, la pensión, la vivienda, entre otros derechos.
¿Cuáles son los artículos reformados que permiten el matrimonio igualitario en Chiapas?
La aprobación de este jueves contempla una serie de reformas a los artículos 144, 145, 169 y 174 del Código Civil de Chiapas, para permitir el matrimonio igualitario en la entidad.
De esta forma los cambios a los artículos quedarán de la siguiente forma:
- Artículo 144.- El matrimonio es la unión de dos personas a través de un contrato civil que, en ejercicio de su voluntad, deciden compartir un proyecto de vida mutua con ánimo de permanencia, cooperación y apoyo sin impedimento legal alguno.
- Artículo 145. Para contraer matrimonio, las personas necesitan haber cumplido dieciocho años.
- Artículo 169.- Los cónyuges, tienen capacidad para administrar, contratar o disponer de sus bienes propios y ejercer las acciones u oponer las excepciones que a ellos corresponden, sin que para tal objeto necesite el cónyuge del consentimiento del otro, ni ésta de la autorización de aquél, salvo en lo relativo a los actos de administración y de dominio de los bienes comunes.
- Artículo 174.- Los cónyuges durante el matrimonio, podrán ejercitar los derechos y acciones que tengan el uno en contra del otro; pero la prescripción entre ellos no corre mientras dure el matrimonio.