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Reforma Judicial: Tribunal Electoral perfila que partidos queden fuera de discusión del INE

La Reforma Judicial planteó que en las sesiones del Instituto no pueden ser partícipes los partidos políticos, lo que provocó reformas internas en el órgano electoral para cumplir la normativa.

Aunque ambos partidos señalaron que faltó fundamentación y motivación por parte del INE para excluirlos, el magistrado Felipe de la Mata propone confirmar los cambios.Créditos: Especial (con fotos de Cuartoscuro).
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La Sala Superior resolverá la primera impugnación relativa al proceso de elección judicial; Acción Nacional y Movimiento Ciudadano solicitaron al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ser parte de las discusiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

La Reforma Judicial planteó que en las sesiones del Instituto no pueden ser partícipes los partidos políticos lo que provocó reformas internas en el órgano electoral para cumplir la normativa.

Aunque ambos partidos señalaron que faltó fundamentación y motivación por parte del INE para excluirlos, el magistrado Felipe de la Mata propone confirmar los cambios.

Cambios en el INE son respuesta a mandato Constitucional

En el proyecto plantea que los agravios aducidos son infundados e inoperantes, pues el Instituto sí fundamentó y respondió a las modificaciones constitucionales.

"La norma transitoria está dirigida al INE y su objeto es permitir que las normas sustanciales de la reforma adquieran eficacia plena, por lo que su transitoriedad está justificada ante la falta de normativa constitucional o legal expresa que armonice el texto de la reforma con otras disposiciones constitucionales”.

Considera el documento la inexistencia al principio de certeza ya que los cambios propios del INE son respuesta de un mandato Constitucional y tampoco se afecta los derechos electorales ante el proceso electoral local de Durango y Veracruz.

"La norma transitoria está dirigida al INE y su objeto es permitir que las normas sustanciales de la reforma adquieran eficacia plena, por lo que su transitoriedad está justificada ante la falta de normativa constitucional o legal expresa que armonice el texto de la reforma con otras disposiciones constitucionales", se explica.