Le 'llueven' los amparos a la Reforma Judicial. Ahora, se aprobó una nueva suspensión a su aplicación en los 32 estados de la República Mexicana.
“Se concede la suspensión provisional para que se impidan los efectos y consecuencias del decreto referido, esto es, para que las autoridades responsables se abstengan de atender el octavo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución en materia de Reforma al Poder Judicial”, indica el documento que dio a conocer la diputada Laura Ballesteros.
Esto se da como resultado de un juicio de amparo promovido por Movimiento Ciudadano.
La suspensión fue otorgada por el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Querétaro, en el amparo indirecto 1082/2024.
¿Qué pasará con la Reforma Judicial tras la suspensión?
De acuerdo con la legisladora, con la nueva suspensión se estima que ningún Congreso local puede reformar su Constitución para implementar la Reforma Judicial.
Además, no podrán ser despedidos ningún juez ni magistrado local.
"Con esta medida se protegen a la gente y a los Poderes Judiciales Locales. Se los prometimos, vamos a luchar por ustedes hasta el final", refirió Ballesteros.
Por su parte, Miguel Alfonso Meza, presidente de la Asociación Defensorxs AC, explica que esta suspensión a la Reforma Judicial tiene dos efectos:
- Ningún juez o magistrado local podrá ser removido.
- No podrán reformarse las constituciones locales para adecuarse a la Reforma Judicial aprobada a nivel federal.
¿Es legal la suspensión a la Reforma Judicial?
Miguel Alfonso Meza, consultor en litigio estratégico y anticorrupción, asegura que sí es legal la suspensión a la Reforma Judicial, debido a que en la demanda de amparo que se presentó ante el Juzgado de Querétaro se sostiene que "hubo varias irregularidades en el procedimiento legislativo que invalidan la reforma".
Y -aclara- aunque el procedimiento legislativo se hubiera hecho bien: "la Reforma Judicial es inconstitucional porque destruye la división de poderes (invalidez material o por el contenido de la reforma)".
"En los amparos, detectamos 11 irregularidades en el votación en la Cámara de Diputados (no se verificó el quórum, no había oportunidad de hacer preguntas en el debate, etc), 4 en el Senado y varias en Congresos locales. Todas estas irregularidades están narradas en la demanda que pego al final", detalla el también consultor sobre la suspensión a la Reforma Judicial.