A sólo unas horas de la aprobación de la ley secundarias en la Cámara de Diputados, la presidenta Claudia Sheinbaum publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reglas para la elección de jueces, magistrados y ministros.
Se trata de las modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, las cuales entran en vigor este martes 15 de octubre.
"(Las personas juzgadoras) serán electas por mayoría relativa y voto directo de la ciudadanía conforme a las bases, procedimientos, requisitos y periodos que establece la Constitución, esta Ley y las leyes locales", señala el artículo 494.
"El Instituto y los Organismos Públicos Locales serán las autoridades responsables de la organización del proceso electivo, su jornada electoral y los cómputos de los resultados electorales", agrega.
Reforma Judicial: estas son las etapas de la elección de jueces y ministros
El decreto del DOF indica que la primera elección de jueces, magistrados y ministros se llevará a cabo el domingo 1 de junio del 2025. Las etapas del proceso serán las siguientes:
- Preparación de la elección.
- Convocatoria y postulación de candidaturas.
- Jornada electoral.
- Cómputos y sumatoria.
- Asignación de cargos.
- Entrega de constancias de mayoría y declaración de validez de la elección.
Elección de jueces: estas son las reglas y fechas clave
De acuerdo con el decreto, el Senado emitirá la convocatoria dirigida a los Poderes de la Unión para integrar el listado de candidaturas de la elección a más tardar el 16 de octubre.
Estos poderes deberán de conformar Comités de Evaluación encargados de revisar a los perfiles a más tardar el 31 de octubre, a fin de emitir convocatorias y los interesados se postulen entre el 5 y 24 de noviembre próximos.
Agotado el periodo, los Comités definirán a los mejores perfiles hasta al 31 de enero y remitirán los listados a la autoridad que represente a cada Poder de la Unión, siendo el 4 de febrero de 2025 el último día.
Cada uno de los tres Poderes deberá revisar los listados y una vez aprobados, los perfiles propuestos serán sometidos a una insaculación pública que deberá depurar el grueso de los candidatos para cada cargo antes del 6 de febrero de 2025.
Estos perfiles también deberán ser sometidos a aprobación de los Poderes de la Unión y remitidos al Senado antes del 8 de febrero de 2025, para luego enviarlos al Instituto Nacional Electoral (INE), organizador de la elección, a más tardar el 12 de febrero de 2025.
Reforma Judicial: Cámara de Diputados aprueba leyes secundarias
Además de los cambios a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, relativo a la actualización de los medios de impugnación en el proceso de elección de los integrantes del Poder Judicial.
El dictamen precisa que durante el proceso electoral para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación el juicio de inconformidad procederá para impugnar las determinaciones de las autoridades electorales federales que violen normas constitucionales o legales en los términos señalados por la citada ley. Los medios de impugnación no producirán efectos suspensivos sobre la resolución o acto impugnado.
Añade que son actos impugnables a través del juicio de inconformidad la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos y de personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistradas de la Sala Superior del Tribunal Electoral y del Tribunal de Disciplina Judicial, en la elección de personas magistradas de Tribunales Colegiados de Circuito y de Apelación, así como personas juzgadoras de Juzgados de Distrito.
La Reforma Judicial -que ha sido duramente criticada por trabajadores del Poder Judicial, organizaciones civiles y especialistas-, fue promulgada el pasado 15 de septiembre por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO). _Con información de EFE.