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Ricardo Salinas gana otro 'round' vs. INE... y Ciltalli Hernández por violencia de género

La Comisión de Quejas del INE no tiene competencia para resolver la denuncia de la senadora Hernández y dejó sin efectos los procedimientos sancionadores contra Salinas.

4 magistrados consideraron fundado el agravio en contra de Ricardo Salinas Pliego.Créditos: Especial
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El empresario Ricardo Salinas Pliego ganó otra decisión legal como parte de la denuncia en su contra y que fue interpuesta por la senadora morenista Citlalli Hernández por violencia política de género.

En esta ocasión, el empresario promovió un recurso para que todos los requerimientos que hizo la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE) -para integrar el expediente- fueran eliminados.

En agosto pasado, el INE solicitó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) información para identificar a Salinas Pliego.

Un mes más tarde, el proyecto de la magistrada, Mónica Soto, salvó al empresario, pues determinó que la Comisión de Quejas del INE no tenía competencia para resolver la denuncia de Citlalli Hernández, con lo que dejó sin efectos los procedimientos sancionadores.

Ahora, el empresario acusa que la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJ) no está cumplida, toda vez que no se ha avisado a la CNBV y a la Unidad Técnica de Fiscalización de la determinación y eso puede causarle un agravio.

“La falta de comunicación de lo determinado por la Sala Superior causa agravio ya que la CNBV tiene acceso a información personal y puede ser remitida a alguna autoridad o ente público en cumplimiento al requerimiento formulado”, expuso.

Ricardo Salinas gana 'round' al INE

El incumplimiento fue validado por mayoría de cuatro magistrados, quienes consideraron fundado el agravio en contra de Ricardo Salinas Pliego, solo la magistrada Janine Otálora emitió un voto en contra.

En sus motivos, la magistrada sostiene que al momento de resolver sobre dejar sin efectos todo lo relacionado al procedimiento sancionador, la UTCE no estaba vinculada a dar cumplimiento a la sentencia.

“Porque fue la propia determinación la que dejó sin efectos todo lo actuado en el procedimiento. En ese sentido, el reclamo de incumplimiento carece de sustento, porque la Sala Superior no ordenó a la UTCE que realizara conducta alguna, ya que el efecto dado a la sentencia fue el de invalidar todo lo actuado”.

La Sala Superior ordenó que 24 horas hábiles después de la notificación de la sentencia, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE informe a todas las autoridades a las que requirió información sobre Salinas Pliego que el procedimiento dejó de surtir efectos.