En el Senado de la República está avanzando la creación de la nueva Ley General de Población que, además de eliminar la publicada en el año de 1974, traería entre otros cambios la implementación de la Clave Única de Registro de la Población (CURP) con foto. ¿Pero qué dice esta iniciativa? Te contamos.
Y es que en el nuevo proyecto, propuesto por las senadoras de Morena Olga Sánchez Cordero y Mónica Fernández Balboa, se señala que la ley de población que se busca reemplazar estaba enfocada en "regular el crecimiento mediante el control de la natalidad", pero que ha quedado rebasada "por los actuales desafíos poblacionales".
Esta iniciativa fue aprobada el día de hoy por los senadores morenistas en la Comisión de Gobernación por 8 votos a favor ante 7 en contra, así como en la Comisión de Estudios Legislativos por 7 votos a favor y 5 en contra, de acuerdo con información del reportero Juan Ortiz.
"Las Comisiones Dictaminadoras consideramos que con la iniciativa que se dictamina se reducen los riesgos y potencian los beneficios del cambio en la estructura por edad y el envejecimiento de la población, dado que con la información estadística y sociodemográfica con enfoque prospectivo que se genere se podrán generar políticas públicas que atiendan las consecuencias económicas y sociales de este fenómeno y así favorecer un envejecimiento saludable, activo y productivo", se explica en el dictamen de las comisiones.
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¿Cómo es la CURP con foto que se plantea en la nueva Ley General de Población?
La nueva CURP con fotografía que se plantea en la nueva Ley General de Población además de traer la imagen de su titular, también debe contar con los siguientes elementos:
- Nombre y apellidos
- Clave Única de Registro de Población
- Fotografía del titular
- Lugar de nacimiento
- Fecha de nacimiento
- Firma y huellas dactilares
"Las y los ciudadanos mexicanos tienen la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener CURP con foto", se indica en el artículo del proyecto de Ley.
Además este documento deberá renovarse cada 15 años, cuando esté deteriorado por su uso o cuando los rasgos de la persona hayan cambiado de tal manera que no correspondan a los de la fotografía con la cédula.
Si bien se busca que la inscripción sea obligatoria para las personas mexicanas, ninguna será sancionada si no lleva su CURP con foto.
Actualmente, la CURP sólo tiene la fecha y estado de nacimiento, el nombre completo de la persona y la Clave única de Registro de Población, por lo que las adiciones son la fotografía, la firma y las huellas dactilares del titular.
La iniciativa que busca la nueva Ley General de Población todavía tiene que ser discutida y posiblemente aprobada por el pleno del Senado, así como por la Cámara de Diputados.