El Pleno del Senado de la República aprobó este martes sancionar con hasta 18 años de prisión y una multa económica de más de 200 mil personas a quienes graben, difundan o distribuyan imágenes de cadáveres víctimas de violencia.
La reforma fue aprobada por unanimidad y turnada a la Cámara de Diputados para su posterior discusión y posible aprobación, la cual tiene el objetivo de proteger la privacidad y dignidad de las víctimas y ofendidos, así como de preservar la confidencialidad de la información contenida en carpetas de investigación o procesos penales que debe mantenerse como reservada.
Asimismo, se busca garantizar la seguridad, la intimidad, la dignidad y el bienestar físico y psicológico de las víctimas, especialmente cuando se trata de niñas, niños, adolescentes o mujeres.
Con ello se contempla modificar el artículo 225 del Código Penal Federal e imponer multas de hasta 232 mil pesos y castigar con hasta 18 años de prisión a quienes difundan imágenes de personas sin vida en distintas vías de comunicación.
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¿A quién va dirigida la reforma del Senado?
De acuerdo con lo expuesto en tribuna por la senadora de Morena, Olga Sánchez Cordero, la reforma a dicho artículo busca sancionar a quien difunda, entregue, revele, publique, exponga, distribuya, grabe, fotografíe, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos o cualquier tipo de información o evidencia que esté contenida en una carpeta de investigación o en un proceso penal, que por disposición legal sea reservada o confidencial.
Las sanciones aplican para funcionarios, periodistas, youtubers, personas o representantes de medios de comunicación que compartan información sensible.
“Al servidor público que difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta, a quien no tenga derecho o facultad para ello, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos, que obren o se encuentren en una carpeta de investigación, en un proceso penal o estén relacionados con las condiciones personales de la víctima o las circunstancias del hecho que la Ley señale como delito, se le impondrá una pena de seis a diez años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización”, señala la propuesta.
Asimismo, se añade que “se aumentará hasta en una mitad más, cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres”.
Sánchez Cordero recordó que dicha reforma está inspirada en el caso ocurrido en febrero de 2020 en el que se difundieron fotografías del cuerpo de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio, en diversos medios de comunicación y redes sociales, generando una indignación generalizada en la sociedad.
Y es que la divulgación de imágenes e información de víctimas de violencia se considera una grave lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas, por ello, con la reforma aprobada este martes en el Senado se busca evitar la repetición de casos similares al de la joven y garantizar un trato respetuoso y digno a las víctimas de violencia en el futuro.