La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la violación a principios electorales por el llamado “Plan C” que hiciera el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), en marzo de este año.
En la conferencia del 27 de marzo, el mandatario llamó a continuar con la transformación y con ello vulneró principios de equidad, imparcialidad y neutralidad para la contienda del Estado de México y Coahuila: por tal motivo la Sala del Tribunal determinó la infracción de López Obrador.
En esta sentencia también se ordenó dar vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la de la República para resolver lo que en derecho corresponda en el caso de Jesús Ramírez Cuevas, coordinador general de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República, Martha Jessica Ramírez González, directora general de Comunicación Digital del presidente, y Pedro Daniel Ramírez Pérez, jefe de departamento adscrito a la mencionada Coordinación General de Comunicación.
Declaró inexistencia en el uso de recursos públicos para Jenaro Villamil, director del Sistema de Radio Difusión del Estado Mexicano pues, a parecer de los magistrados, su cuenta de Twitter es de una persona privada con relevancia pública.
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También declaró la inexistencia de incumplimiento de medidas cautelares al Presidente de la República por la conferencia matutina del 2 de junio, cuando habló sobre que su sucesor debiera seguir la continuidad de su gobierno