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ELECCIONES 2024

¿A quién le toca sancionar a las corcholatas? Spoiler alert: el INE no tiene vela en el entierro

El consejero del INE Uuc-kib Espadas explicó que para sancionar a las corcholatas, el Tribunal Electoral es el responsable, mientras que la ley y las decisiones del propio tribunal acotan las acciones del árbitro electoral.

El INE no tiene facultades de sancionar si hay actos anticipados de campaña en los recorridos de las corcholatas de Morena. Créditos: Grupo Fórmula / Con imagen de Cuartoscuro
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Todos teníamos la duda de qué onda con el Instituto Nacional Electoral (INE), que por qué no castigaba a Morena por el proceso interno para elegir al titular de la Coordinación Nacional para la Defensa de la 4T (su candidatura presidencial disfrazada de cargo interno del partido) para las elecciones de 2024.

Incluso nos llamó la atención el comunicado del INE del viernes donde daban a conocer una guía de lo que podían y no hacer las corcholatas de Morena en sus recorridos (su campaña) de cara a la encuesta de septiembre próximo, como no hacer llamados al voto, no usar tiempos del partido en televisión y radio o no presentar plataformas electorales o mencionar candidaturas. 

Bueno, pues acá hay algunas cosas que debemos saber. 

¿Quién puede sancionar a las corcholatas de Morena si no es el INE?

De entrada, el INE no castiga, sino que da lineamientos, pues las sanciones conforme a la ley le tocan a un juez o un tribunal determinarlas. Y para ello hay una instancia especializada, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

"No le toca al INE decidir si esta promoción de los aspirantes a la Coordinación de la Defensa de la Transformación es o no actos de precampaña. El INE no puede definir eso, eso es materia jurisdiccional, es decir, tocar al Tribunal. Lo que el INE sí puede hacer es dictar una serie de medidas como los lineamientos que se aprobaron el viernes", explicó el consejero electoral Uuc-kib Espadas.

En entrevista para "Atando Cabos" con Denise Maerker, detalló que además de la competencia, el INE se enfrenta tanto a lo establecido en la Ley, principalmente la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), como a las interpretaciones previas que ha hecho el Tribunal.

Por un lado, la LGIPE señala que los actos anticipados de campaña son los que se realizan una vez iniciado el proceso electoral. Mientras que la misma regulación determina, tras la reforma aprobada en marzo pasado, que el proceso electoral comienza en noviembre próximo; mientras que antes del llamado Plan B, el cual está suspendido, el proceso comienza la primera semana de septiembre.

Sea cual sea el marco regulatorio que se tome, las actividades que están realizando las corcholatas de Morena para definir la candidatura presidencial rumbo a las elecciones de 2024 están fuera de ese periodo; es decir, aunque el sentido común indique que son actos de precampaña previo al periodo de estas, como explicó Uuc-kib Espadas, la ley no los considera así.

Por otro lado, están las limitaciones derivadas de las decisiones del TEPJF, en las que para considerar un acto electoral se requiere de que haya un llamado explícito al voto. 

"Esto otra vez es verdad que se riñe con el sentido común. Si estoy viendo que fulano, zutano y perengano están paseando el país promocionando su nombre y todos sabemos que lo están promocionando para ocupar qué candidatura o qué cargo, pero como no dice explícitamente 'vota por', entonces de acuerdo con el criterio jurisdiccional, eso tampoco es un acto electoral", lamentó Uuc-kib Espadas.

Ante esto, el INE tendrá como labor el seguimiento para la fiscalización de los recursos usados por los aspirantes para contarlos como parte de los gastos de Morena, independientemente de su origen, pues incluso las donaciones también se considerarán dentro de este proceso para definir la candidatura presidencial rumbo a las elecciones de 2024.