El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece diferentes tipos de pensiones, entre las que se encuentran por cesantía en edad avanzada o vejez, que no son los mismos términos y a continuación te diremos por qué, aparte de que conocerás cuáles son los requisitos para tramitarlas conforme a la Ley del Seguro Social que te corresponda.
De acuerdo con el artículo número 5 de la Ley General del Seguro Social, en su apartado número 14, las pensionadas y pensionados son aquellos asegurados que obtienen una pensión por incapacidad (permanente total o permanente parcial), viudez, orfandad o de ascendencia, así como de cesantía en edad avanzada y vejez.
¿Cuál es la diferencia entre pensión por cesantía en edad avanzada y por vejez?
El Seguro Social afirma que la principal diferencia entre pensión por cesantía en edad avanzada y pensión por vejez radica en la edad del solicitante. Todas las personas que buscan obtener tal beneficio deben tener un mínimo de semanas cotizadas y estar dados de baja como trabajador ante dicho organismo.
La pensión por cesantía en edad avanzada puede ser tramitada por personas de los 60 a a los 65 años de edad, que se encuentren dados de baja del régimen obligatorio. Mientras que la pensión por vejez es tramitada por aquellas personas mayores de 65 años y que se dieron de baja del régimen obligatorio tras llegar a dicha edad.
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Según información del mismo Seguro Social, las y los pensionados por cesantía en edad avanzada reciben un porcentaje del monto que les correspondería en la pensión por vejez, por ejemplo, las personas de 60 años reciben un 60 por ciento, las que tienen 62 años un 85 por ciento y las de 64 años un 95 por ciento.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una pensión por cesantía en edad avanzada?
- Tener una edad de entre 60 y 65 años de edad.
- Poseer 500 semanas cotizadas (Ley del Seguro Social de 1973).
- Contar con 775 semanas cotizadas (Ley del Seguro Social de 1997)
- Ser baja del régimen obligatorio del IMSS.
- Identificación oficial con fotografía y firma.
- Acta de nacimiento.
- Documento expedido por la institución bancaria.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una pensión por vejez?
- Tener una edad de 65 años o más.
- Poseer 500 semanas cotizadas (Ley del Seguro Social de 1973).
- Contar con 775 semanas cotizadas (Ley del Seguro Social de 1997)
- Ser baja del régimen obligatorio del IMSS.
- Identificación oficial con fotografía y firma.
- Acta de nacimiento.
- Documento expedido por la institución bancaria.
¿Cómo puedo solicitar una pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez?
Este es el procedimiento para tramitar una pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez: lo primero es ingresar a Pensión Digital en el sitio web www.imss.gob.mx/pensiones, donde las y los solicitantes deberán registrar y validar su información, aparte de que conocerán el importe estimado del beneficio.
El siguiente paso es acudir a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana a tu domicilio, donde se deberán entregar los documentos y firmar la solicitud de la pensión. Las personas deben obtener una resolución y sólo así conocerán la fecha en que se les dará su primer pago.
En el caso de que las personas que soliciten una pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez quieran tener como beneficiario a su esposa o esposo, deben presentar documentos como: acta de nacimiento, identificación oficial con fotografía y firma, comprobante de domicilio y acta de nacimiento.