Tres mujeres allegadas a la Cuarta Transformación fueron propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) para sustituir a Arturo Zaldívar en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): Bertha María Alcalde Luján, María Estela Ríos González y Lenia Batres Guadarrama, perfiles que conforman la terna que ya llegó al Senado de la República.
Ante la falta del quórum existente para discutir la terna enviada por el presidente López Obrador, fue enviada a comisiones donde será analizada y discutida, sólo así pasará al Pleno, ¿pero es posible que las y los legisladores la 'tumben', debido a que las tres funcionarias son cercanas a AMLO? Te lo contamos.
¿Pueden 'tumbar' la terna que envió AMLO al Senado para la vacante en la Corte?
Sí. En caso de que la terna enviada por AMLO llegue al Pleno del Senado de la República, uno de los perfiles necesita ser aprobado por la mayoría calificada, es decir, requiere del voto de las dos terceras partes (85 de los 128 legisladores); Morena cuenta con 58 legisladores, el Partido del Trabajo con seis y el Partido Verde con siete, lo que da un total de 71.
Eso significa que Morena requiere de 14 votos de las y los legisladores de la oposición para que uno de los perfiles tenga el visto bueno, lo cual facultaría a una de estas tres funcionarias (Bertha María Alcalde, Lenia Batres Guadarrama o María Estela Ríos) a ser ministra de la Corte durante los próximos 15 años.
Si ninguna de las aspirantes recibe la mayoría calificada y la terna es rechazada, el presidente López Obrador tiene la oportunidad de enviar tres nuevos perfiles al Senado, tal como lo establece el artículo 96 de la Constitución Política. En la Cámara Alta, alguna o alguno de los aspirantes volverá a requerir del voto de las dos terceras partes.
Requisitos para que una persona pueda ser ministro de la Corte*:
- Ser mexicana o mexicano por nacimiento.
- Las personas deben tener al menos 35 años de edad.
- Tener título profesional de licenciado en Derecho con antigüedad mínima de 10 años.
- "Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito".
- Residir en el país durante los últimos dos años.
- No haber ocupado un cargo en el último año previo al nombramiento: secretario de Estado, fiscal de la República, senador, diputado o titular del poder Ejecutivo.
*Según el artículo 95 de la Constitución.
¿Y si 'tumban' las dos ternas de AMLO? El artículo 96 faculta al presidente López Obrador para elegir a alguno de los perfiles de la segunda propuesta: "Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República".
En resumidas cuentas, AMLO nombraría a la persona que ocupará la vacante en el Pleno de la Suprema Corte, sólo en el caso de que el Senado rechace los seis perfiles enviados en las dos ternas. Por ahora, el máximo tribunal de justicia cuenta con 10 ministras y ministros tras la renuncia de Arturo Zaldívar.