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INE dificulta que militantes sean capacitadores y supervisores electorales

La Sala Superior determinó que la separación de militancia partidista para quien quiera ser supervisor debe ser de un año a partir de la convocatoria correspondiente.

INE enmienda reglas para inhibir influencia de partidos políticos en capacitación electoral.Créditos: Radio Fórmula
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La Comisión de Capacitación Electoral del INE aprobó bajar un punto en la evaluación a quienes busquen ser supervisores o capacitadores electorales y estén en un padrón partidista.

En agosto, el Consejo General permitió que los afiliados pudieran continuar con el proceso de elección sin denunciar que fueron registrados sin su consentimiento a fin de que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) averiguara si fue indebido o no. 

Y mantuvo que el desconocimiento de afiliación se presentara ante la  Dirección Ejecutiva de Prerrogativas, y la denuncia ante la UTCE como un trámite opcional.

Con la mayoría de votos en la Comisión, este viernes se aprobó una adenda a la  Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral (ECAE) 2023-2024 que busca garantizar la imparcialidad en este proceso.


"El criterio que se prevé en esta adenda es restar un punto en la evaluación integral de las personas aspirantes de lo cual se les notificará en el siguiente caso: "Cuando aparezcan en la base de personas militantes o afiliadas y no estén en el supuesto de afiliación indebida demostrado".

La consejera Norma de la Cruz, así como el representante de Morena ante el INE, Jaime Castañeda, sostuvieron que esta modificación tendría que estar aprobada por los integrantes del Consejo General; sin embargo, la mayoría desechó la solicitud.

"El nuevo mecanismo es idóneo porque con el objeto de garantizar los principios de imparcialidad e independencia durante la integración de las Mesas Directivas de Casilla, resulta indispensable generar los mecanismos para que las y los Supervisores Electorales y Capacitadores- Asistentes Electorales, desempeñen sus actividades con absoluta autonomía de intereses externos como lo podría ser el de la vinculación partidista", indica el proyecto avalado.

La Sala Superior ha determinado que la temporalidad de la separación de militancia partidista para quien quiera ser supervisor o capacitador electoral debe ser de un año a partir de la convocatoria correspondiente.