Nacional

NACIONAL

Ley Antitabaco: ¿Me pueden multar si fumo adentro de mi auto?

Las tiendas ahora deberán ocultar los empaques de cigarro y solo tener una lista con los precios, pues su venta no está prohibida.

Escrito en NACIONAL el

La molestia de muchas personas por la prohibición del cigarro causó gran controversia, porque la mayoría de quienes consumen este hábito mantienen una indecisión sobre qué lugares si se permite fumar.

Ante ello, una de las dudas que generaron usuarios de redes sociales fue si está prohibido prender un cigarro al interior del automóvil, pero ¿qué dice el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco?

Este regulador entró en vigor el 15 de enero al publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de diciembre del 2022. El cual el artículo 49 establece que tiendas que vendan cigarros deberán de dejar de exhibirlos y colocar una lista con el nombre y precio.

Fumar en el auto

De acuerdo con el nuevo Reglamento, si se puede fumar en el automóvil, pero es más probable que el conductor reciba una multa.

Esto se debe por el Artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, el cual señala que se prohíbe conducir mientras usan objetos que pueden significar una distracción. La multa por quebrantar este Artículo va desde los 518 hasta los 2 mil 75 pesos.

En el mundo, los países que no se puede fumar como son: Austria, Irlanda, Francia, Países Bajos, Reino Unido, Grecia y algunos lugares de Estados Unidos. La multa en estas naciones llega a ser hasta mil 800 euros (36 mil 303 pesos mexicanos).

Lugares donde ya no se puede fumar

Al entrar en vigor esta ley, los fumadores ya tienen prohibido fumar o encender un cigarro, puros y pipas en lugares como: patios, terrazas, parques, mercados, deportivos, playas, paraderos de transporte, áreas de juegos, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, hoteles, hospitales, Centros de Salud, Lugares de Culto religiosos.

Si la persona desea fumar lo podrá hacer en las zonas exclusivas localizadas al aire libre y separado de los espacios “libre de humo”.

Exposición de los cigarros con vendedores ambulantes

Los vendedores y tiendas de conveniencia aseguraron que el cambio no fue tan drástico en los primeros días, ya que la venta no está prohibida. Aunque los vendedores ambulantes sí estarían incurriendo a una violación.

El artículo 16 establece que prohíbe “comercializar, vender, distribuir o suministrar cigarrillos por unidad o en empaques que contengan menos de catorce o más de veinticinco unidades o tabaco picado en bolsas de menos de diez gramos”.