En medio de la discusión sobre la prisión preventiva oficiosa que prepara la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para septiembre, este viernes se celebró en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una audiencia sobre el caso más largo de esta medida aplicada de manera desmedida, pues duró ¡17 años!
Se trata del caso de Daniel García y Reyes Alpízar, quienes fueron detenidos para investigar el asesinato de María de los Ángeles Tamés Pérez en 2001, cuando se desempeñaba como regidora de Atizapán de Zaragoza. El móvil del crimen habría sido, según la versión de la entonces Procuraduría General de Justicia del Edomex, que ella había descubierto una supuesta red de corrupción del entonces alcalde, el panista Juan Antonio Domínguez Zambrano.
En ese momento, Daniel era secretario particular del edil, a quien según reporta La-Lista, se le habría señalado de planear el crimen, mientras que Reyes es señalado de haber participado en el delito junto con un tercero.
Aquí te presentamos 5 claves para entender esta historia de injusticia y aplicación de manera desmedida de una medida considerada como abusiva, contra los derechos humanos y hasta inhumano.
Te podría interesar
Prisión preventiva más larga de la que se tenga registro
De acuerdo con el periodista de La-Lista Alexis Ortiz, este es el caso de prisión preventiva más largo del que se tiene registro en el país.
Fue entre 2002 y 2019 que tanto Daniel como Reyes estuvieron detenidos sin que se les demostrara alguna responsabilidad en el homicidio de María de los Ángeles Tamés Pérez, ocurrido el 5 de septiembre de 2001.
Sin embargo, fue hasta 2019 cuando un juez decidió cambiar la medida de prisión preventiva oficiosa por la de llevar un brazalete e impedirles que salieran del Edomex, pero que al final pudieran llevar su proceso en libertad, de acuerdo con Ortiz.
Apenas en mayo pasado, un juez los sentenció a 35 años de prisión (de los cuales y habrían cumplido prácticamente la mitad debido a los 17 años de prisión preventiva), pero su defensa legal apeló la decisión, misma que espera una respuesta para este septiembre.
Cuando ambos entraron en prisión, una tercera parte de la población del país ni siquiera había nacido.
Su detenci��n estuvo marcada por violaciones a sus derechos humanos
"Ellos alegan que fueron víctimas de tortura psicológica y física para implicar los en este crimen por el que como bien comentaba se mantuvieron 17 años en prisión preventiva que según los abogados de Daniel García y Reyes Alpízar se trata del caso más largo de prisión preventiva (oficiosa) del que tengamos conocimiento en México", detalló Alexis Ortiz en entrevista para "Atando Cabos" con Denise Maerker.
En la publicación en La-Lista, el periodista detalla que mientras permanecieron en arraigo tras ser detenidos, tanto Daniel como Reyes reportan que fueron víctimas de torturas y maltratos psicológicos. Al primero lo amenazaron con amedrentar a su familia si no inculpaba al entonces edil de Atizapán; mientras que el segundo denunció que lo golpearon y asfixiaron mientras estuvo en arraigo en un hotel por espacio de 45 días.
Audiencia ante la CIDH
Por la relevancia que toma el caso, debido a que se trata de una figura que diversos especialistas en derechos humanos han considerado violatoria de esas garantías, la CIDH decidió atraer el caso.
Apenas esta misma semana, Esmeralda Arosemena, representante de la Comisión, recomendó al Estado mexicano eliminar tanto la figura de prisión preventiva como la del arraigo, ambas contempladas en la Constitución, y una de ellas que terminó por afectar a Daniel y Reyes.
Aunque la respuesta de esta audiencia ante la CIDH no será inmediata tras la audiencia de este viernes, la idea es que su resolución pueda representar un precedente para buscar modificar los casos en que se aplica la figura de la prisión preventiva oficiosa para evitar injusticias como esta.
"También están presentes los integrantes de la Corte interamericana, están escuchando los alegatos finales sobre este caso, un caso muy relevante", comentó Ortiz a Grupo Fórmula.
Según las autoridades federales encargadas de los centros penitenciarios, el 40 por ciento de la población penitenciaria está en un centro de reclusión debido a la figura de prisión preventiva. Es decir, 2 de cada 5 detenidos lo están sin una sentencia.
SRE desestima el encuentro
En su reporte para "Atando Cabos", Alexis Ortiz relató que durante la sesión, la representación del Estado mexicano a cargo de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) desestimó que el caso llegara a instancias internacionales sin antes agotar las instancias nacionales para resolver el caso.
"En estos momentos, la representación del Estado mexicano, representada por Alejandro Celorio, de la SRE, alega que esta audiencia no pudo haberse realizado debido a que en México todavía no se agotaban las instancias legales suficientes para resolver el caso de Daniel García y Reyes Alpízar porque su caso no llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la última instancia a la que podría haber llegado", relató.
Además, la postura del Estado mexicano también refiere que el retraso a su liberación se debe a la cantidad de recursos que se han interpuesto durante el proceso.
"Lo que decía el abogado es que eran alrededor de 100 recursos legales en las que se hayan tramitado alrededor del Estado mexicano y el Estado mexicano justamente alega eso que no su responsabilidad que hayan pasado 17 años en la cárcel", detalló Ortiz.
Pendientes de una respuesta
De acuerdo con el reportero Alexis Ortiz, el abogado de los dos investigados, Simón Hernández, le informó que la respuesta de la CIDH aún va a demorar, pero se espera que siente un precedente para revisar la aplicación de la prisión preventiva oficiosa.
"Este proceso es lento, estamos en los alegatos finales. Yo les pregunto justamente al abogado cuándo podría venir una sentencia y me comentaba que no podría dar como una fecha precisa", dijo a Denise Maerker.
Este caso podría sentar un precedente significativo para resolver el tema que espera la Corte discutir el próximo 5 de septiembre: la permanencia o no de la prisión preventiva oficiosa en México.