La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó la posesión de cinco gramos de mariguana, a excepción de cuando no se pueda probar que es para uso personal. Esto se suma al aval para el uso de la con fines lúdicos y recreativos emitido el pasado mes de junio,
Durante una sesión realizada este miércoles se revisó el amparo 585/2020, donde los ministros emitieron tres votos a favor y dos en contra. Los ministros que 'palomearon' el recurso fueron: Alfredo Gutiérrez Ortiz Men, Margarita Ríos Farjat y Juan Luis González Alcántara; mientras que Norma Lucía Piña Hernández y Jorge Mario Pardo Rebolledo rechazaron el proyecto.
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Gracias a esta medida, el Ministerio Público no puede ejercer acción penal en contra de las personas farmacodependientes o consumidoras, siempre y cuando, porte una cantidad igual o inferior a cinco gramos. Sin embargo, debe comprobar que es con fines lúdicos y recreativos, mas no de venta o distribución.
Esta nueva resolución se añadirá a los artículos 478 y 479 de la Ley Federal de Salud, donde se determina las causantes de acción penal en contra de las personas farmacodependientes y las cantidades que pueden portar sin ser detenidos por las autoridades federales.
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Los ministros resaltaron que no se invalida el artículo 477 de la Ley Federal de Salud, mismo que determina las penas por la conducta delictiva de posesión simple, en caso de que no se respeten las cantidades establecidas en el artículo 479. En caso de que una persona exceda los cinco gramos, puede ser penada con tres a seis años de prisión.
El 28 de junio de 2021, el máximo tribunal de justicia del país despenalizó el consumo lúdico y recreativo de la mariguana, bajo el argumento de que se respeta el libre desarrollo de la personalidad. No obstante, determinó que estar garantía no se deberá hacer en espacios públicos y frente a menores de edad.
El poder legislativo ha postergado el debate sobre la iniciativa que haría legal el consumo de mariguana en México, debido a que se realizarán modificaciones al Código Penal Federal; asimismo se permitiría que las personas siembren hasta un máximo de seis plantas para su autoconsumo.