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¡Uno más! Jalisco aprueba matrimonio igualitario y sanciones a 'terapias de conversión'

Legisladores también aprobaron sanciones contra quienes realicen las llamadas "terapias de conversión".

Con 26 votos a favor, legisladores aprobaron el matrimonio igualitario en Jalisco.Créditos: Cuartoscuro
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A partir de este jueves 7 de abril, las parejas de la comunidad LGBT+ ya podrán formalizar su relación ante la ley, debido a que el Congreso de Jalisco aprobó el matrimonio igualitario en la entidad. 

Con 26 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones, legisladores aprobaron durante la madrugada de este jueves el acuerdo mediante reformas al Código Civil, donde se definía al matrimonio como la unión entre hombre y mujer.

“Se reformaron los artículos 258, 260 y 267 Bis del Código Civil para establecer la posibilidad de que dos personas se unan libremente en comunidad con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones. Lo anterior de conformidad a lo que señala la Acción de Inconstitucionalidad 28/2015 en la cual se reconoce el derecho a establecer un vínculo familiar a personas del mismo sexo”, informó el Congreso local.

Pero eso no es todo, ya que diputados de la LXIII legislatura también aprobaron el reconocimiento de la identidad transexual y sanciones económicas para quien realice las llamadas "terapias de conversión" o supuestos tratamientos para modificar la orientación sexual, que atentan contra los derechos de personas LGBT+.

La sanción será superior a los 28 mil pesos y no implica cárcel como se pretendía en un inicio. La votación se realizó mediante cédula, es decir, que no fue pública, debido a que los diputados argumentaron haber recibido amenazas.

El dictamen discutido y aprobado por los legisladores también contempla una actualización de la Ley del Registro Civil de la entidad para reconocer el derecho de personas transexuales a la identidad de género. 

La actualización otorga a los Oficiales de Registro la facultad de levantar una nueva acta de nacimiento a las personas mayores de edad que los soliciten, previa anotación en el acta de nacimiento original. 

Las modificaciones aprobadas en Jalisco no extinguen derechos ni obligaciones civiles, penales, laborales o administrativas previas al cambio en el registro.