El magistrado delTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Felipe de la Mata Pizaña, prevé declarar inaplicable el "decretazo" sobre la revocación de mandato que permite a los funcionarios difundir la consulta al no considerarse como propaganda.
Mediante un proyecto de resolución que será presentado al magistrado para su votación, el magistrado consideró que el llamado decretazo está fuera de tiempos legales, además de que una interpretación no deroga las leyes constitucionales.
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Luego de que el pasado 17 de marzo el Senado de la República aprobara con 67 votos a favor y 25 en contra en lo general el dictamen que interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, el decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En el decreto se establece que "las expresiones de personas servidoras públicas no constituyen propaganda gubernamental", con lo que la difusión que hace el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) en las conferencias matutinas no serán consideradas como una infracción por parte de los órganos electorales.
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No obstante, Lorenzo Córdova, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), refirió que de acuerdo con lo que dice la Constitución, no se pueden aplicar reformas a la ley electoral aprobadas durante un proceso en curso.
"En ninguna contiene electoral se vale que se estén cambiando las reglas a mitad del juego", dijo.
El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a legisladores de Morena, e incluso al propio presidente Andrés Manuel López Obrador, abstenerse de difundir la consulta de la revocación del mandato debido a que el órgano electoral es el único que puede hacerlo.