El llamado “decretazo” aprobado por el Senado para que servidores públicos puedan promover la consulta de revocación de mandato sin ser sancionados, infringe el mandato constitucional de reservar 90 días antes de los procesos electorales para emitir leyes en materia electoral, explicó el magistrado Luis Espíndola.
En entrevista con Ciro Gómez Leyva Por La Mañana, el magistrado de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señaló que reconoce la facultad del Congreso para interpretar las leyes y emitir decretos, pero la fecha en que se publicó el decreto, el pasado 17 de marzo, no cumple con la temporalidad requerida.
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El magistrado explicó que el casó será analizado por la Sala cuando se plantee como un caso a revisar, es decir, cuando el Instituto Nacional Electoral (INE) concluya su investigación basada en quejas e impugnaciones y entregue el expediente al Tribunal.
Luis Espíndola aclaró que la Sala Regional Especializada del TEPJF no ha analizado el tema. Y es que su última sesión fue el 18 de marzo, apenas un día después de la emisión del decreto.
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“Cuando se nos planté el análisis, nos pronunciaremos. No lo hicimos en la sesión del viernes pasado porque se estaría adelantando un criterio”, afirmó el magistrado durante la entrevista.
El análisis de la Sala Regional Especializada del TEPJF sobre el decreto, podría derivar en el señalamiento de faltas administrativas o de delitos electorales. Estos últimos podrían alcanzarse sólo mediante carpetas de investigación elaboradas por la Fiscalía General de la República (FGR).
En caso de que se establezcan faltas administrativas, podrían sancionarse multas económicas o medidas de reparación integral, como disculpas públicas, cursos de capacitación y garantías de no repetición.
Análisis de casos sobre "influencers" y Tercer Informe de Gobierno de AMLO
Durante la sesión de la Sala Regional Especializada del pasado viernes 18 de marzo, el Tribunal resolvió sancionar al Partido Verde Ecologista de México con una multa 118 millones pesos por la contratación de “influencers” para promoverse en tiempos de veda electoral durante las elecciones del 2021.
También determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador realizó propaganda gubernamental en tiempo prohibido el 1 de diciembre de 2021, pues estaban en curso procesos electorales en entidades como Aguascalientes y Tamaulipas.
La revisión del decreto sobre la Revocación de Mandato, aseguró Espíndola, se realizará una vez que se presente el tema a análisis y se realizará de forma rápida, en aproximadamente un par de meses.