Al estar afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienes varios derechos, entre ellos las incapacidades cuando padeces alguna enfermedad que te dificulta o imposibilita el seguir realizando tus funciones en tu trabajo, por un periodo temporal o de manera permanente.
El médico del IMSS es quien considera cuál es el tiempo probable en el que vas a recuperarte y el que te expide por ese lapso de tiempo la incapacidad, que consiste en un subsidio económico del salario registrado en el Instituto.
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El dinero que se te otorga varía dependiendo si el padecimiento fue accidental, o producido cuando trabajabas o por causas ajenas al trabajo.
¿Cómo tramitar la pensión de incapacidad permanente en el IMSS?
Según lo que se determine en el dictamen médico, la pensión puede ser provisional por un periodo de hasta dos años, durante el cual los servicios médicos podrán evaluar tu estado de incapacidad; tras este tiempo, se otorgará la pensión definitiva.
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Para tramitar tu pensión de incapacidad permanente en el IMSS, el asegurado debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Encontrase vigente en sus derechos
- Que haya sufrido un riesgo de trabajo que le ocasionó la incapacidad permanente total o parcial para trabajar
- Que la incapacidad para el trabajo haya sido dictaminada por los servicios médicos de la institución, mediante el formato ST-3
Para hacer el trámite de la pensión de incapacidad permanente en el IMSS se debe contar con los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente con firma y fotografía, como el INE, Cédula profesional, Cartilla del Servicio Militar Nacional, entre otros (original y copia)
- Solicitud de Pensión, la cual será llenada por el personal Instituto y se entregará para tu firma
- Documento de identificación que contenga el Número de Seguridad Social (original y copia)
- Comprobante de domicilio, cuya expedición no sea mayor a los tres meses anteriores a la solicitud (original y copia)
- CURP (original y copia)
- Una impresión del estado de cuenta del AFORE que maneja la cuenta individual, con una antigüedad no mayor a los seis meses (este requisito es necesario sólo si el asegurado comenzó a cotizar a partir del 1 junio de 1997)
- Constancia de la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave (original y copia)
- Documento con la Clave Bancaria Estandarizada, para recibir el pago de la pensión (original y copia)
- Una copia certificada del Acta de Nacimiento
- Y el dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo ST-3, que expiden los servicios médicos institucionales y acreditan la incapacidad por riesgos de trabajo. Es importante saber que este documento será proporcionado por los servicios de Salud en el Trabajo.
Los trámites para la pensión de incapacidad permanente se realizan en: la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación correspondiente del IMSS de las 8:00 a las 15:00 horas, aunque antes de ello debes cubrir ciertos aspectos.