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AMLO vs. Loret: ¿Cuál es la multa por vulnerar datos personales?

La Ley Federal de Protección de Datos Personales considera como información personal el nombre, domicilio, fecha de nacimiento, CURP, sueldo, sexo, creencia religiosa.

Delito violar datos personales AMLO vs Loret de Mola Créditos: Cuartoscuro
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El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, exhibió este viernes el supuesto sueldo anual del periodista Carlos Loret de Mola, por lo que el mandatario habría violado su derecho a la protección de datos personales.

De acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) se considera como información personal el nombre, domicilio, fecha de nacimiento, correo electrónico, Clave Única de Registro de Población (CURP), sueldo, sexo, creencia religiosa, entre otros.

Los titulares de estos datos tienen los siguientes derechos ARCO: Acceso de la información que obre en poder del responsable; Rectificación cuando sean inexactos o incompletos; Cancelación solicitando que los datos sean suprimidos de los archivos o registros, y Oposición exigiendo a los responsables que se abstengan de utilizar la información para ciertos fines.

Todas las personas que obtengan, usen, almacenen o divulguen los datos personales deben respetar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad, de lo contrario serán sujetos a sanciones.

¿Cuáles son las sanciones por vulnerar datos personales?

Según lo estipulado en los artículos 63 y 64 de la LFPDPPP, las personas que violen el derecho a la protección de datos personales podrán ser acreedores a dos tipos de sanciones.

Se sancionará de 100 a 160 mil días de salario mínimo en los siguientes casos:

  • Actuar con negligencia o dolo en la tramitación de solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales
  • Declarar dolosamente la inexistencia de datos personales, cuando exista total o parcialmente en las bases de datos del responsable
  • Dar tratamiento a los datos personales en contravención a los principios establecidos en la LFPDPPP
  • Omitir en el aviso de privacidad
  • Mantener datos personales inexactos cuando resulte imputable al responsable, o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones de los mismos que legalmente procedan cuando resulten afectados los derechos de los titulares, y
  • No cumplir con el apercibimiento de la autoridad

Y se multará de 200 a 320 mil días de salario mínimo en los siguientes casos:

  • Incumplir el deber de confidencialidad
  • Cambiar sustancialmente la finalidad originaria del tratamiento de los datos, sin obtener nuevamente el consentimiento del titular
  • Transferir datos a terceros sin comunicar a estos el aviso de privacidad que contiene las limitaciones a que el titular sujetó la divulgación de los mismos
  • Vulnerar la seguridad de bases de datos, locales, programas o equipos, cuando resulte imputable al responsable
  • Llevar a cabo la transferencia o cesión de los datos personales, fuera de los casos previstos en la LFPDPPP
  • Recabar o transferir datos personales sin el consentimiento expreso del titular, en los casos en que este sea exigible
  • Obstruir los actos de verificación de la autoridad
  • Recabar datos en forma engañosa y fraudulenta
  • Continuar con el uso ilegítimo de los datos personales cuando se ha solicitado el cese del mismo por el instituto o los titulares
  • Tratar los datos personales de manera que se afecte o impida el ejercicio de los derechos ARCO
  • Crear bases de datos personales sensibles, sin que se justifique la creación de las mismas para finalidades legítimas, concretas y acordes con las actividades o fines explícitos que persigue el sujeto regulado

Sin embargo, en caso de que de manera reiterada persistan las infracciones citadas en los incisos anteriores, se impondrá una multa adicional que irá de 100 a 320 mil días de salario mínimo.

Tratándose de infracciones cometidas en el tratamiento de datos sensibles, las sanciones podrán incrementarse hasta por dos veces, los montos establecidos.

AMLO se lanza contra Loret de Mola

Fue este viernes durante su conferencia matutina, donde el presidente López Obrador exhibió el presunto sueldo del periodista Carlos Loret de Mola, el cual, según su información asciende a los 35 millones de pesos.

Tras ello, surgieron múltiples reacciones al respecto, el comunicador afirmó que las declaraciones del mandatario lo ponen en peligro a él y a su familia.

"Hoy el presidente fue demasiado lejos con sus ataques hacia mí. Lo que ha hecho hoy es ponernos a mi familia y a mí a merced de la delincuencia (...). El presidente busca intimidarme, quiere callarme", mencionó en un video difundido en redes sociales.

Asimismo, consideró que López Obrador está enfurecido, desesperado y fuera de sí, por lo que en la 'mañanera' de este viernes demostró que quiere usar todo el peso del Estado para atacar a un periodista.