Un par de conductores protagonizaron una riña vial en el bajo puente de Paseo Tollocan y Avenida Tecnológico, en el límite de los municipios de Toluca y Metepec, Estado de México. El hecho quedó registrado en video, donde se aprecia como uno de los involucrados arrolla a una persona tras manejar en reversa.
Durante la noche del sábado 3 de diciembre, en el cruce de Paseo Tollocan y Avenida Tecnológico, un hombre empezó a golpear y patear a un automóvil negro tras un accidente vial. En apariencia, los tripulantes del vehículo agredido siguen su camino y la persona se dirige de vuelta a su coche, cuando es embestido y lanzado por los aires.
Pese a la aparatosa caída que sufrió, el sujeto e levantó y golpeó la ventana del conductor, para luego echarse a correr, esto mientras el vehículo negro amagó con embestirlo de nueva cuenta. Las acciones de ambos ciudadanos quedaron registradas en video y se volvieron tendencia través de redes sociales.
Este domingo, la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito de Metepec anunció que dos de los involucrados en la riña fueron detenidos y presentados ante un Ministerio Público, donde se determinará su situación jurídica. En tanto que la persona lesionada fue llevada a un hospital, luego de que el hecho fuera denunciado a través del 911.
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De acuerdo con datos del Observatorio Nacional Ciudadano (ONC), hubo 92 lesiones dolosas en el municipio de Metepec durante octubre de 2022, lo que significa un aumento del 27.78 por ciento respecto al mismo periodo de 2021. Durante el mes de septiembre hubo 72 registros por el mismo ilícito.
¿Qué multa reciben los conductores que se pelan en vía pública?
De acuerdo con el artículo 62 del Reglamento de Tránsito del Estado de México, los automovilistas pueden recibir una multa de hasta 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA) -equivalente a 92.22 pesos diarios para 2022- en caso de que realicen "actos que constituyan obstáculo para el tránsito de peatones y vehículos o poner en peligro a las personas".
El conducir un vehículo en reversa y por más de 20 metros también es motivo de sanción por parte de las autoridades del Estado de México, de acuerdo con el artículo 87 de la misma normativa que impone una multa de 5 UMAs. En el caso de las personas detenidas será un juez de control el que determine qué delitos cometieron y si se ocasionó daño doloso al sujeto lesionado.