"Impunidad, de ninguna manera", la prisión preventiva y los delitos fiscales siguen existiendo, respondió el ministro de la Luis María Aguilar Morales al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) sobre la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para invalidar la reforma impulsada por la presente administración que imponía prisión preventiva oficiosa a personas investigadas por delitos fiscales, como contrabando, defraudación y compra y venta de facturas.
"Hablar de impunidad, de ninguna manera. Nosotros nunca resolvimos de una condición así. Lo que resolvimos es que si se les va a privar de la libertad (a los acusados), que se justifique, que se explique".
El ministro Luis María Aguilar aclaró que la prisión preventiva sigue siendo constitucional, siempre y cuando sea justificada, como por ejemplo, con la argumentación a un juez de que alguien puede cometer más delitos o que puede pagar para darse a la fuga.
"Los delitos siguen existiendo y no se les cuestiona, lo que se cuestionó es la categoría", señaló el ministro. Y dijo que nueve de los 11 ministros votaron porque no se consideraran los delitos fiscales, en tanto que estos fueron los que se señalaran en la demanda, como delitos de seguridad nacional y de delincuencia organizada.
El presidente AMLO calificó como "Lamentable, de pena ajena" la resolución de la Corte, porque si hay un fraude se tendría que justificar la prisión preventiva, y ello significaría por lo menos 24 horas, para ver cómo justificar ante el juez. Esto lo llamó "una actitud leguleya", que no se apega a la legalidad y es una caricatura de Estado de derecho.
"Respeto la opinión del presidente, pero desde luego no la comparto. Fue un asunto que se resolvió en dos sesiones, se razonó, se discutió y finalmente se votó en beneficio de la libertad y de la regularidad constitucional de estos artículos. Fue un asunto que se vio con todo cuidado en el Pleno, no entiendo por qué el señor presidente lo considera de esta manera.
"Podemos estar tranquilos los que votamos en ese sentido, de que cumplimos con nuestro deber y con la Constitución", respondió el ministro Aguilar.
Sobre lo que también dicho por el presidente de la República de que había avisado en la Secretaría de Seguridad Pública, "que, si se trata a todas luces de un hecho de corrupción, que aguanten, que envíen un escrito al juez: ‘Yo no puedo porque yo tengo otros datos’ y que se aguanten".
El ministro dijo que no sabe qué vaya a hacer la secretaria con esa orden del presidente. Y recalcó que los jueces deberán cumplir con su deber y acatar la orden de la Suprema Corte, pues así está establecido en la Constitución.
"La justicia por sí misma resulta un poco subjetivo y por eso las reglas de la justicia se deben de regir por las normas legales, o sea, por el Derecho, para que podamos determinar lo que es justo. de acuerdo con un criterio objetivo y por eso tenemos que acudir a la ley", argumentó Luis María Aguilar.
¿Qué resolvió la Corte sobre la prisión preventiva oficiosa este jueves?
La Suprema Corte invalidó una reforma impulsada por el gobierno de AMLO con la que se imponía prisión preventiva oficiosa a los acusados por tres delitos fiscales: contrabando, defraudación y compra y venta de facturas.
Esto no significa que los señalados por estos ilícitos -facturas falsas, contrabando y fraude fiscal- serán liberados, sino que la autoridad tendrá que justificar la necesidad de aplicar la prisión preventiva, es decir, no será una medida automática.
El ministro explicó que su proyecto planteaba que se quitara por completo la prisión preventiva automática (oficiosa) no debía aplicarse porque no reconoce el principio de presunción de inocencia, y que no se aprobó de esta forma en su totalidad.
En este sentido, Joaquín López-Dóriga preguntó si factureros iban a poder resolver su caso desde Miami, Marbella o donde se encuentren, y el ministro Luis María Aguilar Aguilar apuntó que el juez determina que una persona puede llevar un proceso en libertad o es si necesario que se le restrinja la movilidad o algún otro derecho como medida precautoria.