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¿Puedo meter alimentos al cine? Profeco desmiente supuesta lista, pero nos da una respuesta

La dependencia aclaró la veracidad de la supuesta lista de cosas permitidas en cines.

Profeco advirtió sobre una Fakes News sobre el cine.Créditos: Especial
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¿Viste la imagen en la que supuestamente Profeco avalaba alimentos que puedes meter al cine? Pues aunque varios medios la traían como verdadera, en realidad es mentira. La dependencia aseguró que jamás hicieron esa lista y en cambio, nos dieron respuesta sobre si es legal o no esta práctica. Quizá no te guste la respuesta.

En las últimas horas se hizo viral una imagen en la que supuestamente Profeco le daba un golpe a las cadenas de cine con los alimentos que sí podías meter a la sala y estaban divididos en 4 grandes grupos; comida rápida, botanas, bebidas y hasta comida casera.

Según esta información, en la sala podías estar comiendo sushi, yogur, pizzas en caja pequeña, té en tu termo y hasta tus palomitas de microondas; sin embargo, a través de su cuenta de X @Profeco, la dependencia aseguró que es mentira dicha lista.

“La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informa que es falsa la información que está circulando en redes sociales y en algunos medios de información sobre una supuesta lista de alimentos que se pueden ingresar a los cines. La institución en ningún momento publicó o difundió, a través de sus canales de comunicación oficiales, la supuesta lista”, indicó.

Pero puedo o no meter alimentos al cine según Profeco

  • A través de artículos como el 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, sabemos que las personas consumidoras, es decir, nosotros, decidimos si comprar o no alimentos en el establecimiento al que acudimos.
  • Aquí tenemos un PERO: al comprar un boleto “están aceptando los términos y condiciones establecidos en el contrato de los proveedores, tal como lo menciona el artículo 42 y 85 de la Ley antes mencionada”.
  • En el 42 se explica que el proveedor está obligado a dar el servicio con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad o información desplegados.
  • Esto significa, según el titular de Profeco, Iván Escalante Ruíz, que cuando compras tu boleto, te adhieres al contrato donde vienen los términos y condiciones.

“Si en el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato, si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación”, comentó.

  • Así que sí, te pueden prohibir entrar con alimentos externos al cine; lo que no está permitido es que te revisen mochilas.
  • Sin embargo, si te piden revisar bultos o mochilas y ambas partes llegan a un acuerdo, lo pueden hacer, pero bajo ninguna circunstancia te pueden obligar a hacerlo.
  • Así que ahora ya sabes qué hacer para la siguiente ocasión que quieras meter pozole al cine.