Los padres y madres de familia se preguntan si sus hijas e hijos tendrán un megapuente de cinco días seguidos, pero ¿qué dice la Secretaría de Educación Pública (SEP)? Te contamos qué manda la Ley Federal del Trabajo y el calendario escolar 2024-2025.
Y es que el próximo martes 1 de octubre será un nuevo día de descanso obligatorio por la transmisión del Poder Ejecutivo en México, es decir, ese día comenzará la presidencia de Claudia Sheinbaum y terminará la de Andrés Manuel López Obrador.
"La Cámara de Diputados aprobó, con 398 votos a favor, la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el 1º de octubre de cada seis años como día de descanso obligatorio con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, en lugar del 1º de diciembre", indicaron el martes.
Mientras que este viernes 27 de septiembre no hay clases por junta de consejo técnico, de acuerdo con el calendario de la SEP 2024-2025.
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¿Hay megapuente de 5 días de descanso?
El calendario de la SEP del presente ciclo escolar indica que sí hay clases para el siguiente martes 1 de octubre, por lo que no hay megapuente de 5 días de clases.
Pero las y los estudiantes de preescolar, primaria y secundaria sí tendrán un fin de semana largo de tres días de descanso que va del viernes 27 al domingo 29 de septiembre.
Recuerda que la Secretaría de Educación de Guerrero canceló las clases para todo el estado hasta nuevo aviso, debido al paso del huracán John.
¿Quiénes descansan el 1 de octubre?
Las y los trabajadores tienen derecho a descansar el siguiente martes 1 de octubre, pues la reforma que fue aprobada en el Cámara de Senadores y en la de Diputados es al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, la cual menciona los días de descanso obligatorios. En caso de que trabajen, se les deberá pagar triple.
Las personas a las que les toque laborar el siguiente martes tienes "derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado", indica el artículo 75 de dicha Ley.
Casi todos los días de descanso obligatorios contemplados en la Ley Federal del Trabajo coinciden con días en los que no hay clases en México.