Sasha Sokol, excantante de Timbiriche, acusó a Luis de Llano de haber abusado de ella cuando era menor de edad, mientras que él era el productor de la agrupación, por lo que habría cometido un delito hace más de treinta años, pero ¿puede haber una investigación contra el productor?
"Cuando la relación comenzó yo tenía 14 y él 39. Yo estaba en Vaselina con Timbiriche y era claramente una niña. Estuvimos juntos casi 4 años", destacó la cantante y también actriz.
Te podría interesar
De acuerdo con esto, el productor abusó de ella cuando éste tenía 39 años y ella sólo 14, lo que significaría que, de haberse consumado el acto sexual a esa edad, Luis de Llano cometió violación.
"Se equipara a la violación y se sancionará de ocho a treinta años de prisión: I. Al que sin violencia realice cópula con persona menor de quince años de edad; II. Al que sin violencia realice cópula con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo", manda el artículo 266 del Código Penal Federal.
La relación de la excantante de Timbiriche, quien tiene 51 años de edad, y De llano duró 4 años aproximadamente, lo que quiere decir que la última vez que él cometió el delito fue hace aproximadamente 34 años.
¿Cómo habría sido mi vida si Luis, en lugar de meterme en su cama, hubiera hecho lo que le correspondía, que era cuidarme? Nunca lo sabré. Lo que sí sé, es que las cosas que vives te marcan para siempre”, escribió en sus redes sociales Sokol.
Si ella consumó el acto sexual con él cuando tenía más de quince años, el delito que cometió el productor ya no es violación si obtuvo el consentimiento de la también actriz y, en consecuencia, la pena a considerar sería menor.
"Al que tenga cópula con persona mayor de quince años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión", reza el artículo 262.
¿Prescibió el delito de violación contra Luis de Llano?
La prescripción de un delito significa que la acción penal se extinguió y ya no hay responsabilidad penal, es decir, ya no se puede demandar, pero ¿cuándo prescribió el delito contra la cantante Sasha Sokol?
"La acción penal prescribirá en un plazo igual al término medio aritmético de la pena privativa de la libertad que señala la ley para el delito de que se trate, pero en ningún caso será menor de tres años", manda el artículo 105 del Código Penal Federal.
Esto significa que si sumamos la pena mínima con la máxima por el delito de violación y lo dividimos entre dos, el delito prescribió 19 años después.
Aunque hay que precisar que el conteo de los años, al ser un delito sexual contra una persona menor de edad, comenzará a partir de que la víctima cumpla la mayoría de edad, según refiere al artículo 107 bis.
Si se considera que la violación sucedió cuando ella era menor de 15 años, Sokol tuvo que haber denunciado a Luis de Llano cuando ella tenía 37 años para que se hubiera realizado la investigación.
Lo que quiere decir que, según la Ley, la excantante de Timbiriche tuvo hasta el 2008 para que una denuncia hecha por ella pudiera proceder, por lo que ya no puede haber investigación contra Luis de Llano.
Por su parte, la Fiscalía de Justicia de la Ciudad de México, mediante su cuenta de Twitter, ofreció su ayuda para atender el caso de abuso que padeció la cantante.
En abril del año pasado, el Pleno del Senado aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal Federal para que se eliminara la prescripción de los delitos sexuales contra menores de 18 años.
Lo que aseguraría que esos delitos de abuso, como el que cometió Luis de Llano contra la excantante de Timbiriche Sasha Sokol, se pudieran sancionar sin que se extinguiera la responsabilidad penal por el transcurso del tiempo.