Para muchos trabajadores el aguinaldo es sólo un recuerdo que se acabó con las fiestas por lo que ya se preguntan ¿cuándo van a depositar las utilidades? Si tu eres uno de ellos, te contamos cuál es la fecha exacta para recibir las utilidades y a quienes no les tocan.
Lo primero que debes de saber es que el reparto de utilidades es un derecho que tienen las personas trabajadoras para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores deberán recibir el 10 por ciento de las utilidades netas que haya generado el patrón o empresa durante el último año en dos partes iguales. La primera parte se repartirá entre todos los trabajadores, considerando el número de días trabajados por cada uno en el año; y la segunda en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
¿Cuándo se depositan las utilidades este 2024?
Según lo establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), los empleados deben recibir el pago de sus utilidades entre el 1 de abril y el 30 de mayo en caso de que laboren para una persona moral (empresa).
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Mientras que las personas que trabajan para una persona física deben recibir el pago de este derecho a más tardar el 29 de junio.
Esto se debe a que los empleadores o patrones deben hacer su Declaración Anual, que se realiza entre marzo y abril, para determinar el monto de ganancias a repartir entre los trabajadores.
Además este derecho sólo es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más y que tengan más de un año en funcionamiento.
¿Qué trabajadores no reciben utilidades?
La STPS destaca que el reparto de utilidades no aplica para los siguientes empleados:
- Trabajadores domésticos
- Directores
- Administradores
- Gerentes generales
- Profesionistas
- Artesanos
- Técnicos
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda
- Trabajadores que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
También quedan exentas del pago de utilidades las empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
Asimismo se exenta de esta obligación a empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.