Aunque varias personas ya recibieron el pago de las Utilidades 2023, todavía hay quienes no porque la fecha límite que les corresponde es a finales de este mes. Te contamos todo lo que necesitas saber.
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa (PTU) se refiere a la obligación que tienen los patrones de repartir entre las y los trabajadores un porcentaje de las ganancias generadas por la empresa durante el año.
Además, este es un derecho laboral instaurado en la Ley Federal del Trabajo.
Por ello, si trabajaste de planta o manera eventual, tienes derecho al reparto de Utilidades 2023 que generó tu empresa. Si todavía no te han hecho este pago, puede ser porque hay dos fechas para esta obligación:
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- Si tu patrón es persona física
La fecha para el reparto de Utilidades 2023 corresponde del 1 de mayo al 29 de junio.
- Si laboras para una compañía
La fecha establecida para recibir este pago fue del 1 de abril al 30 de mayo.
Por ello, identifica cuál es la fecha que te corresponde. Así pues, te contamos qué puedes hacer si no te las pagan.
Utilidades 2023: ¿qué hacer si no te pagan?
Recuerda que las utilidades son un derecho constitucional, por lo que debes percibir esta prestación si trabajaste al menos 60 días durante el año, si estás considerado en servicio activo, incluso si tienes incapacidad temporal o si gozas de la licencia de maternidad.
Sin embargo, las firmas que NO están obligadas a realizar este pago son:
- Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
- Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
- Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
- Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
- El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.
Y quienes no reciben este pago son:
- Directivos, administrativos y gerentes generales de la empresa.
- Socios, socias o accionistas de la empresa.
- Trabajadores y trabajadoras eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades.
- Profesionistas técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado.
- Las y los trabajadores del hogar.
Las y los trabajadores tienen hasta un año para solicitar las Utilidades 2023, por lo que si no recibes dicha prestación en la fecha correspondiente, puedes enviar tu denuncia a inspeccionfederal@stps.gob.mx o acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, para asesorarte.