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Pensión IMSS e ISSSTE 2023: ¿qué pensionados recibirán primero el pago de junio?

La fecha de pago de la pensión IMSS e ISSSTE está por llegar. Te contamos todos los detalles.

Está por llegar el pago correspondiente del mes de junio de la Pensión IMSS e ISSSTE 2023.Créditos: Especial/Cuartoscuro
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Ya está por terminar el mes de mayo y por ello, se acerca el nuevo pago de la pensión IMSS e ISSSTE que corresponde a junio, pero, ¿quiénes cobrarán primero? Te contamos.

Las personas que eran trabajadores del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), pueden realizar tramitar su pensión por edad y tiempo de servicio.

Mientras que, la pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se puede obtener a través de diferentes modalidades:

  • Cesantía en Edad Avanzada o Vejez
  • Viudez
  • Incapacidad permanente
  • Orfandad
  • Invalidez
  • Ascendientes
  • Retiro
Crédito: IMSS

Así que, si eres una persona que reciba pensión, ya sea del IMSS o ISSSTE, la siguiente información te interesa.

Pensión IMSS e ISSSTE: ¿quiénes cobrará primero el pago de junio 2023?

El ISSSTE tiene el calendario oficial de pagos del ejercicio 2023-2024, por lo que las fechas de deposito ya están establecidas.

Por tanto, el pago correspondiente al mes de junio es el miércoles 31 de mayo.

Crédito: ISSSTE

Mientras que la pensión IMSS, como su ley lo establece, se paga el primer día hábil del mes correspondiente, es decir, el jueves 1 de junio.

“Los pensionados que reciben su pago de pensión a través del IMSS, cobrarán mensualmente, el primer día hábil de cada mes. Además: En caso de que el primer día del mes sea inhábil su pago se realiza el último día hábil del mes anterior”, indica la institución.

Por lo que, serán los pensionados del ISSSTE quienes recibirán primero su apoyo económico, solo con un día de diferencia.

Pensión IMSS 2023: ¿Cuántas modalidades hay en la ley 73?

Si perteneces al régimen del 73, es decir, que comenzaste a trabajar a partir del año 1973, debes saber que hay dos modalidades: por Cesantía en Edad Avanzada y por Vejez.

Por Cesantía es cuando tu edad es entre 60 y 64 años, y por Vejez es a partir de los 65 años cumplidos, en ambos casos es necesario tener las semanas cotizadas requeridas, que son de 500 semanas como mínimo, es decir unos 10 años.

Así que, si estas por pensionarte y perteneces a este régimen estos son los principales requisitos que debes cumplir, pero si tienes alguna duda, ingresa a su portal para obtener mayores detalles.