Economía

POLÍTICA

Utilidades 2023: Lista de trabajadores que NO reciben el beneficio, ¿estás tú?

¡Ya se acerca el reparto de utilidades 2023! Si trabajas en una empresa, a más tardar el 30 mayo debes de recibir este pago. Y a todo esto, ¿para quiénes no aplica? Te contamos.

Te damos la lista de trabajadores a los que NO aplica el reparto de utilidades. Créditos: Especial.
Escrito en ECONOMÍA el

¡Ya se acerca el reparto de utilidades 2023! Si trabajas en una empresa, la obligación para realizar el pago empieza a 'correr' desde el primer día hábil de abril hasta el último día hábil de mayo. Y a todo esto, ¿para quiénes no aplica? Te contamos.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, este pago es un derecho constitucional que tienen los trabajadores, y a través de él deben recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.

En el caso del personal que labora para una persona moral, es decir, una empresa, el reparto de utilidades se debe recibir a más tardar el 30 de mayo del año, mientras que el pago para aquellas personas que trabajan para una persona física, es decir, tienen un patrón, la obligación se genera desde el primer día de mayo y tienes hasta el 29 junio para recibir el pago.

Lista de trabajadores a los que NO aplica el reparto de utilidades

Pese a que es un derecho constitucional, la Secretaría del Trabajo precisa que no aplica para:

  • Trabajadores domésticos.
  • Directores.
  • Administradores.
  • Gerentes generales.
  • Profesionistas.
  • Artesanos.
  • Técnicos
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda.
  • Y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

Asimismo, se exenta de dicho reparto a:

  • Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.
  • Al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.
  • Instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

¿Y para quiénes sí aplica? La dependencia de trabajo detalla que quienes acceden a este beneficio son las y los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas.

Te contamos para quienes SÍ aplica el reparto de utilidades 2023. Fuente: Cuartoscuro.

En ese sentido, las empresas o personas físicas con actividad empresarial repartirán el 10 por ciento de las utilidades netas de lo que hayan reportado en su última declaración anual, que para este 2023 serán las ganancias del 2022.

¡Ojo! Las compañías deben tener más de un año de funcionamiento. Además, las y los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades 2023 independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada.