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Salario mínimo: dime en qué trabajas y te diré cuánto ganarás en 2024

Al menos 61 oficios y profesiones tendrán un aumento salarial en todo México desde el 1 de enero del 2024.

Para el próximo 2024 este será el mínimo que debes ganar por día dependiendo de tu profesión. Créditos: Cuartoscuro
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La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos publicó el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los aumentos al salario mínimo que estarán vigentes a partir del próximo 1 de enero del 2024 por profesión. ¿Cuántos deberás ganar según en lo que trabajes? Te contamos. 

Y es que desde el pasado 1 de diciembre el presidente Andrés Manuel López Obrador adelantó que se logró un acuerdo con el sector obrero y empresarial para que el aumento salarial sea de 20 por ciento el próximo año. 

Por lo que las personas trabajadoras en México no podrán ganar menos de 248.93 pesos diarios en casi todo el país ni menos de 374.89 pesos por día en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN)

"Los salarios mínimos generales que tendrán vigencia a partir del 1 de enero del 2024 se incrementarán en 20% en las dos zonas descritas en el primer resolutivo, por tanto, serán de 374.89 pesos diarios por jornada diaria de trabajo en el área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte (...) y para el Resto del País el salario mínimo general será de 248.93 pesos diarios", se precisa en el DOF.  

Aumento al salario mínimo: ¿cuánto ganarán los profesionistas en el 2024?

En la publicación del día de hoy también se precisa que las personas profesionistas tendrán un aumento salarial para el 2024, donde en las siguientes actividades el salario mínimo por día será el siguiente

  1. Albañil: 374.89 pesos en la ZLFN y 287.17 pesos en el resto del país.
  2. Dependiente (a) de farmacias y boticas: 374.89 pesos en la ZLFN y 253.84 pesos en el resto de México. 
  3. Operador (a) de buldozer y/ traxcavo: 374.89 pesos en la ZLFN y 300.84 pesos en el resto del país.
  4. Cajero (a) de máquina registradora: 374.89 pesos en la ZLFN y 258.25 pesos en el resto del país.
  5. Cantinero (a): 374.89 pesos en la ZLFN y 263.53 pesos en el resto del país.
  6. Carpintero (a) de obra negra: 374.89 pesos en la ZLFN y 287.17 pesos en el resto del país.
  7. Carpintero (a) en fabricación y reparación de muebles: 374.89 pesos en la ZLFN y 282.44 pesos en el resto de México. 
  8. Cocinero (a): 374.89 pesos en la ZLFN y 290.81 pesos en el resto del país. 
  9. Reparador (a) o fabricador (a) de colchones: 374.89 pesos en la ZLFN y 266.14 pesos en el resto de México.
  10. Colocador (a) de azulejos y mosaicos: 374.89 pesos en la ZLFN y 281.44 pesos en el resto del país.
  11. Yesero (a) en edificios y casas: 374.89 pesos en la ZLFN y 268.02 pesos en el resto de México.
  12. Cortador (a) de calzado en talleres y fábricas: 374.89 pesos en la ZLFN y 260.99 pesos en el resto del país.
  13. Costurero (a) en fábricas: 374.89 pesos en la ZLFN y 257.88 pesos en el resto del país. 
  14. Costurero (a) a domicilio: 374.89 pesos en la ZLFN y 264.65 pesos en el resto de México.
  15. Chofer acomodador (a) de automóviles en estacionamientos: 374.89 pesos en la ZLFN y 269.77 pesos en el resto de México. 
  16. Chofer de camión de carga: 374.89 pesos en la ZLFN y 293.06 pesos en el resto del país.
  17. Chofer de camioneta de carga: 374.89 pesos en la ZLFN y 284.76 pesos en el resto de México.
  18. Chofer operador (a) de vegículos con grúa: 374.89 pesos en la ZLFN y 273.92 pesos en el resto del país.
  19. Operador (a) de draga: 374.89 pesos en la ZLFN y 303.61 pesos en el resto del país.
  20. Ebanista en fabricación y reparación de muebles: 374.89 pesos en la ZLFN y 286.51 pesos en el resto del país.
  21. Electricista de instalaciones: 374.89 pesos en la ZLFN y 281.44 pesos en el resto del país. 
  22. Electricista de vehículos: 374.89 pesos en la ZLFN y 284.16 pesos en el resto del territorio nacional.
  23. Electricista de motores en talleres: 374.89 pesos en la ZLFN y 273.92 pesos en el resto del país.
  24. Empleado (a) en tienda de autoservicio: 374.89 pesos en la ZLFN y 253.10 pesos en el resto del país. 
  25. Encargado (a) de bodega y/o almacén: 374.89 pesos en la ZLFN y 262.13 pesos en el resto de México. 
  26. Dependiente (a) de ferretería y tlapalería: 374.89 pesos en la ZLFN y 267.37 pesos en el resto del país. 
  27. Fogonero (a) de calderas de vapor: 374.89 pesos en la ZLFN y 275.93 pesos en el resto del país.
  28. Gasolinero (a): 374.89 pesos en la ZLFN y 257.88 pesos en el resto de México. 
  29. Herrero (a): 374.89 pesos en la ZLFN y 277.80 pesos en el resto del país.
  30. Hojalatero (a) de vehículos: 374.89 pesos en la ZLFN y 282.44 pesos en el resto de México.
  31. Jornalero (a) agrícola: 374.89 pesos en la ZLFN y 281.42 pesos en el resto del país. 
  32. Lubricador (a) de vehículos: 374.89 pesos en la ZLFN y 259.82 pesos en el resto del país.
  33. Manejador (a) de granja avícola: 374.89 pesos en la ZLFN y 250.36 pesos en el resto de México.
  34. Operador (a) de maquinaria agrícola: 374.89 pesos en la ZLFN y 288.59 pesos en el resto de México.
  35. Operador (a) para máquinas de madera: 374.89 pesos en la ZLFN y 275.93 pesos en el resto del país.
  36. Mecánico (a) de vehículos: 374.89 pesos en la ZLFN y 296.58 pesos en el resto del país.
  37. Montador (a) en talleres y fábricas de calzado: 374.89 pesos en la ZLFN y 260.99 pesos en el resto de México.
  38. Peluquero (a): 374.89 pesos en la ZLFN y 269.77 pesos en el resto de México.
  39. Pintor (a)  de vehículos: 374.89 pesos en la ZLFN y 277.80 pesos en el resto del país. 
  40. Pintor (a) de viviendas: 374.89 pesos en la ZLFN y 275.93 pesos en el resto de México.
  41. Planchador (a) a máquina en tintorerías: 374.89 pesos en la ZLFN y 258.25 pesos en el resto del país.
  42. Plomero (a): 374.89 pesos en la ZLFN y 276.42 pesos en el resto del país.
  43. Radiotécnico (a) de aparatos electrónicos: 374.89 pesos en la ZLFN y 286.51 pesos en el resto de México.
  44. Recamarero (a) en hoteles: 374.89 pesos en la ZLFN y 253.10 pesos en el resto del país.
  45. Dependiente (a) de mostrador en refaccionaria de automóviles: 374.89 pesos en la ZLFN y 262.13 pesos en el resto del país.
  46. Reparador (a) de aparatos eléctricos para el hogar: 374.89 pesos en la ZLFN y 272.88 pesos en el resto de México.
  47. Reportero (a) en prensa diaria impresa: 557.41 pesos diarios en todo México. 
  48. Reportero (a) gráfico (a) en prensa diaria impresa: 557.41 pesos diarios en todo México. 
  49. Repostero (a) o pastelero (a): 374.89 pesos en la ZLFN y 287.17 pesos en el resto del país.
  50. Sastre: 374.89 pesos en la ZLFN y 288.59 pesos en el resto del país.
  51. Secretario (a) auxiliar: 374.89 pesos en la ZLFN y 295.98 pesos en el resto de México.
  52. Soldador (a) con soplete: 374.89 pesos en la ZLFN y 284.16 pesos en el resto del país.
  53. Tablajero (a) y/o carnicero (a) en mostrador: 374.89 pesos en la ZLFN y 269.77 pesos en el resto del país.
  54. Tapicero (a) de vehículos: 374.89 pesos en la ZLFN y 273.92 pesos en el resto de México. 
  55. Tapicero (a) de muebles: 374.89 pesos en la ZLFN y 273.92 pesos en el resto del país.
  56. Trabajador (a) del hogar: 374.89 pesos en la ZLFN y 270.60 pesos en el resto del país.
  57. Trabajador (a) social: 374.89 pesos en la ZLFN y 320.65 pesos en el resto de México.
  58. Vaquero (a) ordeñador a máquina: 374.89 pesos en la ZLFN y 253.10 pesos en el resto del país.
  59. Velador (a): 374.89 pesos en la ZLFN y 257.88 pesos en el resto de México.
  60. Vendedor (a) de piso de aparatos domésticos: 374.89 pesos en la ZLFN y 264.65 pesos en el resto del país.
  61. Zapatero (a): 374.89 pesos en la ZLFN y 260.99 pesos en el resto de México. 

¿Qué municipios componen la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN)?

La denominada Zona Libre de la Frontera Norte, donde el aumento al salario mínimo es mayor, está compuesta por los siguientes municipios: 

  • Baja California: Ensenada, Mexicali, Playas de Rosarito, San Felipe, San Quintín, Tecate y Tijuana. 
  • Chihuahua: Ascensión, Coyame del Sotol, Guadalupe, Janos, Juárez, Manuel Benavides, Ojinaga y Práxedis G. Guerrero. 
  • Coahuila: Acuña, Guerrero, Hidalgo, Jiménez, Nava, Ocampo, Piedras Negras y Zaragoza. 
  • Nuevo León: Anáhuac. 
  • Sonora: Agua Prieta, Altar, Caborca, Cananea, General Plutarco Elías Calles, Naco, Nogales, Puerto Peñasco, Sáric, San Luis Río Colorado y Santa Cruz.
  • Tamaulipas: Camargo, Guerrero, Gustavo Díaz Ordaz, Matamoros, Mier, Miguel Alemán, Nuevo Laredo, Reynoa, Río Bravo y Valle Hermoso. 

Mientras que en el resto de los estados del país el salario mínimo es diferente, de acuerdo a lo que se publicó hoy en el DOF.