Economía

AUTOMÓVIL

Nueva verificación será más estricta: revisarán frenos, cinturones, luces y espejos

En la nueva revisión se inspeccionarán las condiciones físcas y mecánicas de los vehículos.

En la nueva verificación se revisarán las condiciones del motor, la batería, los asientos, las luces, los sistemas de suspensión, de frenos, entre otras cosas. Créditos: Cuartoscuro
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La Secretaría de Economía publicó la Norma Oficial Mexicana 236 sobre la verificación de las condiciones físicas y mecánicas de los vehículos cuyo peso no exceda los 3 mil 857 kilos en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

Esto quiere decir que los automotores se someterán a una revisión de las condiciones físicas exteriores (como la carrocería, el chasis, puertas, ventanas), las interiores (asiento, cinturones de seguridad, velocímetro, claxón), así como de los sistemas de iluminación, frenos, dirección, suspensión, el motor y la transmisión

Lo anterior se hará para que los automóviles circulen "bajo condiciones de seguridad en el territorio nacional de acuerdo con los criterios que se establecen en esta Norma Oficial Mexicana", establece la NOM. 

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¿Cada cuánto se verificarán las condiciones físicas y mecánicas de los vehículos?

La inspección técnica se realizará a los vehículos particulares y de uso masivo de acuerdo a los siguientes intervalos: 

  • A los cuatro años de que se compró un automotor nuevo, que tenga menos de mil kilómetros de recorrido.
  • Cada dos años desde la primera revisión hasta el noveno año de que el automóvil fue comprado. 
  • Cada año para los vehículos particulares que tengan 10 años o más.
  • Una vez al año para a los vehículos de uso intensivo: utilizados para transportar pasajeros, empleados, estudiantes y carga; los que prestan servicios a las dependencias y entidades de la administración pública federal, a los de los estados y a los municipios, así como a los automotores de uso mercantil, que sean un instrumento de trabajo. 
  • Cuando las autoridades lo exijan porque el vehículo sufrió un accidente que lo dejó catalogado como pérdida total
  • Previo a su circulación cuando el auto haya sufrido un daño importante en los sistemas de dirección, suspensión, transmisión o freno, así como en el chasis, bastidor o en la estructura autoportante.
  • Cada que el propietario lo solicite.
Créditos: Cuartoscuro

¿Qué vehículos quedan exentos de la verificación física y mecánica?

Los vehículos que quedan exentos de la verificación fisiomecánica son los que pesan menos de 400 kilos, los que se usen en labores agrícolas, en terreno montañoso o desértico, en zonas de playas y vías férreas. 

Tampoco se inspeccionarán los matriculados como autos antiguos, los automotores cuya maquinaria se dedique a la industria de la construcción y la minería

Otros vehículos que se excluyen son: los que circulan únicamente en las carreteras, aeropuertos, pistas de go-karts u otro transporte semejante. 

Finalmente, se exceptúa de la NOM 236 el autotransporte federal de pasaje, turismo, carga, así como sus servicios auxiliares y transporte privado.  

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¿En qué consiste la verificación física y mecánica?

Consiste en una inspección técnica del vehículo en todos los siguientes elementos:

  • Acondicionamiento exterior: carrocería, chasis, puerta, cofre, parabrisas, ventanas, limpiaparabrisas, lavaparabrisas, espejos y/o cámaras y soporte exterior de llanta auxiliar. 
  • Acondicionamiento interior: asientos y sus anclajes, cinturones de seguridad y sus anclajes, velocímetro y claxón. 
  • Sistema de iluminación: faros delanteros, luz de reversa, de freno, de matrícula (placa trasera), direccionales, luces de advertencia (intermitentes), de freno, de posición (cuartos) y de identificación. 
  • Sistema de frenos: freno de dirección (freno principal o de pedal), de estacionamiento, pedal de freno de servicio, servofreno (booster) y bomba principal (cilindro maestro); así como los tubos y las mangueras del sistema de frenos, los materiales de fricción de freno, los tambores y los discos. 
  • Sistema de dirección: desalineación de llantas, volante, columna de dirección, caja de dirección, brazos, barras, rótulas y servodirección (dirección asistida).
  • Sistema de suspensión: ejes, barras tensoras, ruedas o rines, llantas o neumáticos, resortes, soportes amortiguadores, muelles, eficacia de la suspensión, barra de torsión y estabilizadora, brazos, horquillas y rótulas de suspensión. 
  • Motor y transmisión: estado general de motor, batería, sistema eléctrico, de alimentación del motor, de escape y estado de la transmisión. 
  • Vehículos que usan gas como combustible: depósitos fijos y canalizaciones. 

"Se considera que un vehículo automotor cumple con la presente Norma Oficial Mexicana cuando no se presentan defectos o sólo se encuentran defectos leves y cumple con las disposiciones técnicas establecidas en esta NOM y de acuerdo con los requisitos administrativos establecidos por las autoridades competentes", manda la NOM. 

Se podría realizar esta nueva verificación de las condiciones físicas y mecánicas del vehículo al mismo tiempo que se realiza la de emisiones contaminantes. 

Las inspecciones a las partes mencionadas de los vehículos las realizarán las autoridades responsables o mediante personas acreditadas y aprobadas, quienes deberán contar con los equipos necesarios. 

Aunque todavía no te preocupes por hacer la verificación de las condiciones físicas de tu vehículo, pues la Norma Oficial Mexicana 236 entrará en vigor dentro de 180 días contando a partir de mañana, 4 de mayo del 2022.