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Antes del SAT... ¿quién cobraba los impuestos en México y por qué ya no?

En 1995 se publicó la Ley del Servicio de Administración Tributaria, por lo que se ordenó la creación del órgano administrativo.

El SAT sustituyó en sus funciones a la subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda.Créditos: Cuartoscuro
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¿Quién cobraba los impuestos en México antes de la creación del Servicio de Administración Tributaria (SAT)? La Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sin embargo, en diciembre de 1995, durante el sexenio de Ernesto Zedillo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley del Servicio de Administración Tributaria, ordenamiento por el que se creó el órgano administrativo desconcentrado. Esto con la idea de dotar de mayor autonomía de gestión al cobro tributario en el país.

Fue en marzo de 1996 cuando se autorizó y registró la nueva estructura orgánica de Hacienda cuyo propósito fue el de "sentar las bases orgánico-funcionales para dar lugar a su integración", se lee en el diario de la federación.

Con ello, el SAT sustituyó en sus funciones a la subsecretaría de Ingresos, de la cual se eliminaron la Dirección General de Política de Ingresos; la Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación y la Coordinación General de Administración.

¿Qué es un órgano desconcentrado como el SAT?

Aunque el SAT forma parte de la Secretaría de Hacienda, es un órgano descentralizado: es decir, tiene capacidad de tomar decisiones  propias en cuanto a su gestión.

De acuerdo con el Senado, la autonomía técnica con que cuentan los órganos desconcentrados, es su nota específica; se trata de una autonomía operativa para emitir resoluciones y para tomar ciertas decisiones, pero la política pública y las directrices globales las define el órgano centralizado con base en la legislación.

"En otras palabras, el órgano desconcentrado coadyuva con dicho órgano centralizado en tareas que son de la esfera de su competencia pero para las cuales no tiene ni los recursos, ni la capacidad ni la especialidad ni los conocimientos para llevarlas a cabo", indica la Cámara alta.

Entre las facultades están asumir su "carácter de autoridad fiscal con atribuciones y facultades vinculadas con la determinación y recaudación de las contribuciones federales", señala el sitio El Contribuyente.

En cuanto a su estructura orgánica se creó la presidencia del propio órgano, el Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera, y las direcciones generales de Planeación Tributaria, Tecnología de la Información.

Sin embargo, este esquema ha sido modificado y adecuado conforme al paso del tiempo. En agosto de 2015 se publicó en el DOF el nuevo reglamento interior del servicio.

A través del cual "se reestructuran las diferentes unidades administrativas que lo conformaban en ese momento (...), así como incluir las facultades necesarias para realizar las funciones derivadas de las reformas fiscal y energética". 

Esto quedó de la siguiente forma: jefatura del SAT, administración general de Hidrocarburos y la administración general de evaluación, unidades administrativas desconcentradas y Aduanas.

Actualmente es Raquel Buenrostro Sánchez quien funge como la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT).