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¿Trabajaste en día feriado? Te explicamos si tu pago debe ser DOBLE o TRIPLE

Te decimos qué hacer en caso de que no te paguen como dice la ley por trabajar en día feriado.

Te decimos cómo debe ser tu pago por trabajar en día feriado.Créditos: Especial
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Aunque muchas personas no laboran el 1 y 2 de noviembre, estos no son considerados como días obligatorios de descanso y por lo tanto no hay pago extra por trabajar en estas fechas. Entonces ¿qué días sí deben pagar demás los patrones, según la ley?

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo señala que al año, sólo hay siete días feriados, es decir, días obligatorios de descanso, aunque también hay otros si es que hay elecciones o cuando comienza un nuevo sexenio presidencial.

Los días feriados son los siguientes:

  • El 1 de enero.
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, Día de la Constitución de 1917.
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez.
  • El 1 de mayo, por el Día del Trabajo.
  • El 16 de septiembre, aniversario del inicio de la lucha de independencia de México.
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, aniversario de la Revolución Mexicana.
  • El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • El 25 de diciembre.
  • Los días que determinen autoridades electorales para celebrar las elecciones.
La Ley Federal del Trabajo establece que hay días obligatorios de descanso | Créditos: Pixabay

Si trabajo un día feriado ¿me pagan el doble o el triple?

Si trabajas en uno de los días feriados antes mencionados, no te pagarán el doble por tu jornada laboral, sino te deberán pagar ¡el triple! Así lo establece el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.

De acuerdo con dicho artículo, las empresas tienen la obligación de pagar el salario correspondiente del día y otro pago doble a empleados que trabajen en los días de descanso obligatorio.

¿Qué pasa si no me pagan el triple por el feriado?

En caso de que no te paguen el triple por trabajar en días feriados, tendrás un año para acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) donde recibirás asesoría legal, gratuita y personalizada de un abogado.