Con motivo de las celebraciones de Día de Muertos, algunas personas no laboraron este 1 y 2 de noviembre, pero otras acudieron normalmente a sus centros de trabajo, por lo que surgió la duda sobre si estos trabajadores recibirán pago triple. Esto es lo que sabemos.
De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, patrones deberán pagar el salario correspondiente y otro doble a las personas que laboren en los días feriados, es decir, recibirán el triple de su sueldo por ese día.
Pero, ¿cuáles son los días feriados?
El artículo 74 de dicha ley señala que los días de descanso obligatorio son los siguientes:
- El 1 de enero.
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
- El 1 de mayo, por el Día del Trabajo
- El 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El 25 de diciembre.
- Los días que determinen las leyes federales y locales electorales para celebrar las elecciones ordinarias.
¿Por qué 1 y 2 de noviembre no aparecen en la lista de días feriados?
La Ley Federal del Trabajo no considera al 1 y 2 de noviembre como días obligatorios de descanso, como ocurre con la Semana Santa, por lo que debe ser normal la jornada laboral en estas fechas, aunque hay algunos centros de trabajo que son flexibles y permiten descansar a su personal en Día de Muertos.
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Al no ser considerados como días obligatorios, trabajadores no reciben pago triple por laborar el 1 y 2 de noviembre, pero si trabajan el 21 de este mes sí tendrán un dinerito extra, según indica la Ley del Trabajo.
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