La Fiscalía Anticorrupción del Estado de Chihuahua ejecutó la Orden de Aprehensión contra J. A. P. C., quien anteriormente ocupó el cargo de secretario de Comunicación Social en el Gobierno del Estado de Chihuahua, ex vocero del exgobernador, Javier Corral.
Al individuo se le acusa de uso ilegal de atribuciones y facultades con penalidad agravada, debido a su presunta participación en cinco eventos distintos con la misma intencionalidad ilegal durante el año 2018. Utilizando su posición, se sospecha que estuvo involucrado en la comisión de estos delitos.
¿Dónde se detuvo a J.A.P.C?
De acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua, el arresto de J.A.P.C. tuvo lugar en Ciudad Juárez, Chihuahua, y se llevará a cabo su presentación ante un juez de acuerdo con la ley.
Esta investigación también implica a J.A.P.C. como coautor junto con A.C.P.R.L.A. y A.S.P.R.L., quienes ya están vinculados a proceso por los mismos hechos. La primera fungía como Directora Administrativa de Comunicación Social en Chihuahua, mientras que la segunda era la representante legal de las empresas involucradas. Supuestamente, llevaron a cabo adquisiciones que involucraron fondos del erario estatal por un monto que supera los 9 millones de pesos de forma ilegal.
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J.A.P.C. no cumplió con presentarse
Es importante destacar que J.A.P.C. no cumplió con la orden de presentarse ante el juez de la causa en los días establecidos por el juzgado federal, lo que resultó en la anulación de la suspensión definitiva previamente otorgada. Debido a su incumplimiento, se le consideró prófugo de la justicia según lo establecido por la ley.
J.A.P.C. y las coautoras estaban obligados a abstenerse de celebrar contratos adquisitivos con las empresas Xtreme Sports, S. de R.L. de C.V., Upcon, S.A. de C.V., y Malcomsat, S.A. de C.V., ya que estas compañías tenían lazos familiares y conflictos de interés con sus representantes.
La Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua reafirma su compromiso de fortalecer las instituciones y combatir la corrupción y la impunidad en beneficio de los ciudadanos. Se recuerda que, de acuerdo con las leyes vigentes, la persona imputada se presume inocente hasta que se demuestre su culpabilidad mediante una sentencia firme emitida por el órgano jurisdiccional (conforme al artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).