La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ-CDMX) inició una investigación sobre una presunta agresión sexual ocurrida al interior del estacionamiento de la Plaza Antara, ubicada en Polanco.
De acuerdo con el periodista Carlos Jiménez, una joven de 24 años de edad denunció que fue víctima de una violación cuando se encontraba en el estacionamiento 2 de dicho centro comercial localizado en la alcaldía Miguel Hidalgo.
Según lo relatado por la víctima, la fémina fue agredida sexualmente por un hombre al interior de la Plaza Antara, motivo por el cual la Fiscalía capitalina inició una investigación al respecto.
¿Cómo denunciar una agresión sexual?
Si fuiste víctima de una agresión sexual o conoces a alguien que haya sufrido una situación como esta, debes denunciar ante la Fiscalía Central de Investigación para Atención de Delitos Sexuales.
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En las distintas sedes de la Fiscalía encontrarás un Módulo de las Abogadas de las Mujeres, quienes te orientarán en el proceso de la denuncia y te acompañarán en todo tu procedimiento.
Cabe señalar que es importante denunciar lo más pronto posible; sin embargo, si no lo haces así, la agente del Ministerio Público no tiene por qué desconfiar de tu declaración.
Asimismo, para probar la violación, no es necesario que demuestres que hubo penetración total o eyaculación en la vagina. Sin embargo, para integrar una averiguación previa en caso de violación, de preferencia aporta declaraciones de testigos y pruebas médicas, aunque no son obligatorias.
En caso de que requieras medidas de protección, puedes solicitarlas a las autoridades correspondientes.
De acuerdo con el artículo 174 del Código penal, el delito de violación se castiga con seis y hasta 17 años de prisión en México.
“Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de seis a diecisiete años. Se entiende por cópula, la introducción del pene en el cuerpo humano por vía vaginal, anal o bucal. Se sancionará con la misma pena antes señalada, al que introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano, distinto al pene, por medio de la violencia física o moral. Si entre el activo y el pasivo de la violación existiera un vínculo matrimonial, de concubinato o de pareja, se impondrá la pena prevista en este artículo, en estos casos el delito se perseguirá por solicitud de la víctima”.