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Corte ‘tumba’ delito de corrupción en CDMX tras aprobar proyecto del ministro Laynez

Lenia Batres, ministra de la Suprema Corte, afirma que esta resolución favorece a las personas sancionadas por tal ilícito.

La Corte declaró inconstitucional el delito de corrupción tal como lo redacta la Constitución de la CDMX. Créditos: Especial
Escrito en CDMX el

La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una modificación al artículo 256 del Código Penal de la Ciudad de México, que tenía por objeto sancionar el delito de corrupción, con ocho votos a favor y tres en contra. La ministra Lenia Batres afirma que el proyecto de Laynez Potisek limita el alcance para sancionar este ilícito y favorecerá "a quienes hubieren sido sancionados".

El artículo 256 del Código Penal de la Ciudad de México sancionaba por el delito de corrupción a directivos o administradores de las asociaciones civiles, en caso de que incurran en un manejo inadecuado de los fondos, recursos y apoyos públicos. Esto con base en lo estipulado en el artículo 64 de la Ciudad de México.

En la Constitución capitalina, las responsabilidades en el delito de corrupción no sólo se le afincan a las y los servidores públicos, sino también a las "personas que ejerzan actos de autoridad, recursos públicos o contraten con entes públicos la ejecución de obra o servicios públicos, de adquisiciones, de subrogación de funciones o reciban concesiones".

El proyecto aprobado este martes y que anuló el ilícito de corrupción en la Ciudad de México, tomó como base el artículo 108 de la Constitución federal. No obstante, la ministra Batres, quien votó en contra, consideró inexacto que no se pueda extender el concepto de servidor público a directivos o administradores que desempeñen un cargo o comisión dentro de la estructura del Estado.

Batres Guadarrama lamentó que el artículo 256 del Código Penal capitalino fuera considerado como inconstitucional, "se busca sancionar a las personas que incumplen con sus deberes legales obteniendo a cambio un beneficio indebido", recordó la ministra a través de un comunicado emitido este martes.

Las y los ministros de la Suprema Corte que votaron a favor del proyecto, aseguraron que esta resolución no invalida otros ilícitos como enriquecimiento ilícito, cohecho, abuso de autoridad o tráfico de influencias. Argumentaron que la redacción del artículo 256 -que sancionaba la corrupción- era confusa y creaba inseguridad jurídica.

Javier Laynez Potisek, ministro a cargo de la redacción del proyecto, aseguró que el artículo del Código Penal tenía un problema de taxitividad, es decir, no era claro en la conducta que buscaba sancionar; hecho que fue rechazado por Batres, "no genera incertidumbre en su aplicación", remarcó.

Entre los ministros que votaron en contra de anular el delito de corrupción en la Ciudad de México se encuentran: Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Alberto Pérez Dayán, quienes consideraron que el artículo del Código Penal local era claro en la conducta que buscaba sancionar y no generaba incertidumbre jurídica.