Durante la temporada de calor, los automovilistas suelen estar pendientes de la declaratoria de contingencia ambiental para saber si pueden circular o forman parte del doble Hoy No Circula, pero ¿qué autos están exentos de esta medida con o sin contingencia? Te contamos.
Todos los días, la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) implementa el programa Hoy no circula para prevenir, minimizar y controlar la emisión de contaminantes producidos por fuentes móviles, sin importar el origen de las placas o la matrícula del vehículo.
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Sin embargo, durante la contingencia ambiental esta restricción se endurece e incluye a los vehículos con holograma 0 y 00, que pueden circular todos los días en condiciones normales.
En caso de contingencia ambiental o sin ella, los autos que pueden circular los 365 días del año son:
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- Unidades eléctricas e híbridas, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento
- De uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
- Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.)
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto
En caso de que no tengas o utilices tu vehículo para alguno de los servicios antes mencionados, puedes hacerte acreedor a una multa de 20 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), es decir, de mil 924 a los 2 mil 886 pesos, que pueden incrementar por la estadía de tu vehículo en el corralón y el traslado de éste.