A partir del 1 de diciembre, el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México sufrirá una serie de modificaciones, dentro de las que se incluyen nuevas disposiciones para los motociclistas y así evitar "fatalidades y siniestros" durante percances viales, anunció la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) y la Secretaría de Movilidad (Semovi).
Desde esa fecha, los motociclistas contarán con mayores restricciones para circular, si no cumplen con los requisitos estipulados por el Gobierno de la Ciudad de México. Esto generó inconformidad entre los propietarios de estas unidades y ya se manifestaron frente a la Semovi, aparte de que planean posibles bloqueos.
¿Dónde no podrán circular los motociclistas desde el 1 de diciembre?
Entre las nuevas disposiciones se encuentran: las motocicletas con un cilindraje menor a 600 centímetros cúbicos no podrán circular en los carriles centrales de vías de acceso controlado. Por ejemplo, los propietarios de una moto Honda Rebel 500 2020 no tendrían permiso para circular en los carriles centrales de Periférico.
Circuito Interior, Periférico y el Viaducto Miguel Alemán son algunas de las vías de acceso controlado, donde los motociclistas ya no podrán circular si incumplen con el cilindraje mínimo, no cuentan con licencia de conducir vigente tipo A1, seguro y un casco con características específicas para garantizar la seguridad del tripulante o los tripulantes.
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Tales disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de diciembre, situación que ha generado molestia entre los motociclistas, quienes este martes se manifestaron a las afueras de la Semovi y organizaron bloqueos en diferentes vialidades como: Paseo de la Reforma, Calzada de Tlalpan e Insurgentes.
¿Por dónde no deben circular los motociclistas, según el Reglamento de Tránsito?
De acuerdo con el artículo 21 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, y sin las nuevas disposiciones, los motociclistas no deben circular en: aceras y áreas reservadas de uso exclusivo para los peatones, ciclovías, carriles confinados para el transporte público de pasajeros, entre carriles "salvo cuando el tránsito vehicular se encuentra detenido".
En la actualidad, las motocicletas sí pueden circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado, siempre y cuando, las unidades no sen menores a los 250 centímetros cúbicos en su cilindraje. Hacer "maniobras riesgosas o temerarias" son otras de las cosas que tienen prohibido en la Ciudad de México.
Las multas actuales por violar estas disposiciones van de los 10 a las 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), que tiene un valor de 96.22 pesos diarios para este 2022; aunado a que se retiran tres puntos de la licencia de conducir.