El trabajador del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro, que condujo un tren en estado de ebriedad, recibió prisión preventiva oficiosa por parte de un juez de control, esto en lo que se lleva a cabo el proceso que determine una sentencia. En tanto, la defensa de la persona acusada solicitó la duplicidad del término constitucional, es decir, una prerrogativa.
Los defensores de Erik Liborio, quien fue captado mientras conducía un vagón del Metro en estado de ebriedad, solicitaron tal prerrogativa para definir si será juzgado por tentativa de homicidio o ataque a las vías de comunicación. De manera previa, el sujeto ya había sido trasladado al Reclusorio Norte.
Apenas el pasado 24 de octubre, la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México detuvo a Erik Liborio, luego de que agentes de la Policía de Investigación (PDI) cumplimentaron una orden de aprehensión en su contra. Dicha orden se giró por el delito de tentativa de homicidio en contra de los pasajeros.
Desde el pasado jueves 20 de octubre, el área de asuntos jurídicos del STC Metro denunció penalmente al conductor del Metro; esto después de que fue destituido de su cargo por conducir en estado de ebriedad. A través de redes sociales, circuló un video donde a la persona acusada le hacen la prueba del alcoholímetro mientras pide que "le tiren paro".
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Todo surgió el pasado 18 de octubre, cuando usuarios de la Línea 2 -que va de Taxqueña a Cuatro Caminos- reportaron que el conductor del Metro abrió las puertas equivocadas durante uno de los viajes. El chofer fue detenido por agentes de seguridad en la estación Xola.
Guillermo Calderón, director del STC Metro, anunció que el conductor fue separado de manera inmediata de su cargo y adelantó que sus actos tendrían consecuencias legales. Ahora, la defensa de Erik Liborio buscará que sea acusado por el ilícito de ataque a las vías de comunicación y así recibir una pena menor.
El Código Penal de la Ciudad de México establece penas máximas de hasta 10 años de prisión para el delito de tentativa de homicidio; mientras que para el ilícito de ataque contra las vías de comunicación, la sanción puede llegar a los cuatro años de prisión