En un acuerdo publicado en la Gaceta Oficial se establece que se podrá ampliar el periodo para verificar por un término de 15 días naturales siempre y cuando la verificacio´n se realice en el mismo centro de verificacio´n vehicular.
Esta disposición se aplicará en el caso de que se haya verificado por primera vez durante la última semana del periodo de verificación y haber obtenido un rechazo.
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También gozarán de este beneficio aquellos automovilistas que no hayan podido verificar por la existencia de multas al Reglamento de Tránsito con sanción económica, siempre que las mismas ya hayan sido solventadas, pero que su pago no esté reflejado en el portal de consulta de adeudos durante la última semana del periodo.
Este periodo también se amplía si al presentarse a verificar durante la última semana del período se tiene penalización por puntos a matrícula por sanciones cívicas en el portal de FotoCívicas y ameritan cursos presenciales o trabajo comunitario.
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Una vez que el ciudadano haya solventado sus sanciones durante el transcurso de la ampliacio´n de 15 di´as, el verificentro debera´ corroborar que el portal de adeudos se ha actualizado.
Así, el propietario o poseedor legal del vehi´culo podra´ acudir a verificar durante la ampliacio´n de 15 di´as, presentando las consultas impresas que indiquen que contaba con adeudos.