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Revocación de mandato: acusan que vulnera derechos y la impugnan

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Gustavo de Hoyos, cofundador de la organización “Sí Por México”, acusó que la revocación de mandato impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, se aparta del texto genuino de la Constitución violando el derecho ciudadano. Por lo anterior, el Consejo Nacional de Litigio Estratégico informó que promovió un juicio de protección ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por la aplicación de los artículos 14, 19, 32, 36, 41 y 42 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, mismos que dijo, vulneran la participación ciudadana en dicha consulta. “Los artículos 14, 19, 32, 41 y 42 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, son contrarios al texto del artículo 35 fracciones I y IX de la Constitución Federal. Asimismo, se estiman vulnerados las artículos 1°, 9°, 14 y 16 de la Constitución Política de las Estados Unidos Mexicanos, de las que se desprenden las derechos político-electorales de: votar en las mecanismos de participación ciudadana, así como, el principio de promoción y el respeto de las derechos humanos, las principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, así como el derecho a la participación ciudadana y a la seguridad jurídica”, se enfatiza en el documento. En concreto, el texto que consta de 44 páginas, señala que artículos cuya inaplicación se solicita por ser contrarios a la Constitución, vulneran los derechos político-electorales de votar y de participación ciudadana, consagrados en el artículo 35, fracciones I y IX, de la Constitución Política de las Estados Unidos Mexicanos. “Desvirtúan el ejercicio de participación ciudadana denominado revocación de mandato al alterar la finalidad que cómo ciudadanos participemos a través del sufragio en la decisión de que al Presidente de la Republica se le revoque el mandato por pérdida de confianza e introducir una finalidad distinta que conlleva la "ratificación" en el cargo del Presidente de la Repuública. Además de permitir la participación de las partidos políticos en un mecanismo previsto y diseñado para los ciudadanos convirtiendo un mecanismo ciudadano en una actividad partidista”, se lee en los preceptos que consideran vulnerados. El Consejo Nacional de Litigio Estratégico señala que lo procedente es que la Sala Superior del TEPJF declare la inaplicación de las artículos 14, 32, 41 y 42 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, con el objeto de restituir en el goce las derechos políticos y hacer efectivo el derecho a participar en el proceso de revocación de mandato de las ciudadanos mexicanos. También te puede interesar:

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